INFORME FINAL CONSOLIDADO 50-12 EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA PROGRAMA RECONOCIMIENTO DE RECURSOS Y/O RESERVA Y PLANIFICACION MINERA - FEBRERO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565333210

INFORME FINAL CONSOLIDADO 50-12 EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA PROGRAMA RECONOCIMIENTO DE RECURSOS Y/O RESERVA Y PLANIFICACION MINERA - FEBRERO 2013

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2013
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioEMPRESA NACIONAL DE MINERIA
Número de informe50/2012
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Empresa Nacional de Minería, ha aportado antecedentes e iniciado acciones correctivas, las cuales han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en los Preinformes de Observaciones N° s 13 y 50 de 2012. No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones respecto de las cuales, la administración de Ia entidad examinada deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a la normativa que Ia rige, cautelando y administrando debidamente Ia utilización de los recursos. En consecuencia, procede que Empresa Nacional de Minería efectúe, a lo menos las siguientes acciones:

  1. Remitir a esta Contraloría General, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde Ia recepción del presente informe, los respaldos de los 53 casos cerrados y aprobados en Comité por una suma que asciende a US$ 862.314, de los proyectos declarados retornables con Ia antigüedad superior a diez anos, que poseen deudas pendientes de pago con ENAMI.

  2. Implementar procedimientos que permitan fortalecer el proceso de recuperación de los recursos entregados a los beneficiarios del Programa Reconocimiento de Recursos y/o Reservas y Planificación Minera, a fin de asegurar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 3° y 5° de Ia ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en cuanto a los principios de eficacia y eficiencia.:

  3. Desarrollar los sistemas de información y de documentación que permitan disponer de todos los antecedentes para cada uno de los beneficiarios del Programa Reconocimiento de Recursos y/o Reservas y Planificación Minera, y de este modo, velar por el cumplimiento de los requisitos señalados en el punto N° 3 de las Bases Administrativas que regulan el Programa Reconocimiento de Recursos y/o Reservas y Planificación Minera, que dice relación a que podrán ser beneficiarios los pequeños mineros que cumplan en forma copulativa lo siguiente: no tener deudas previsionales, laborales y tributarias, ni deudas vencidas con ENAMI, en el caso que la beneficiaria sea una sociedad, así como también, lo establecido en el Reglamento de Programas Técnicos de Fomento en su artículo 10, respecto a Ia difusión de los resultados del concurso público que se realiza anualmente en el marco del Programa.:

  4. Fortalecer los procedimientos de control interno asociados al pago a los beneficiarios del programa, como señala el inciso tercero del artículo 8° del Reglamento de Programas Técnicos de Fomento...

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