INFORME FINAL CONSOLIDADO N° 203-10 SECRETARIAS REGIONALES MINISTERIALES DE SALUD-RESIDUOS PELIGROSOS - Doctrina Administrativa - VLEX 565319682

INFORME FINAL CONSOLIDADO N° 203-10 SECRETARIAS REGIONALES MINISTERIALES DE SALUD-RESIDUOS PELIGROSOS

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioMINISTERIO DE SALUD
Número de informe203/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

En cuanto a las deficiencias señaladas en el cuerpo del informe, las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud del país visitadas, deberían arbitrar las medidas tendientes a subsanarlas. Las cuales deberán contemplar a lo menos Las siguientes acciones:

  1. Fiscalizar el cumplimiento de todas las exigencias realizadas a los hospitales, clínicas y laboratorios privados revisados en esta auditoría, de acuerdo a los plazos otorgados en las actas de inspección emitidas, adoptando las medidas que correspondan en caso de no haberse corregido las situaciones observadas.

  2. En relación a los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos ingresados a Ias Seremi de Salud, que cumplan con lo establecido en el decreto supremo N° 148, de 2003, sobre Reglamento de Residuos Peligrosos, tales Secretarias deberán emitir su pronunciamiento mediante la dictación del respectivo acto administrativo y notificarlo al correspondiente generador.

  3. Incorporar en sus planificaciones la fiscalización de las condiciones Laborales y el manejo de residuos peligrosos en establecimientos de atención de salud públicos y privados.

  4. Establecer formalmente los criterios y mecanismos que otorguen uniformidad a los procedimientos de Inspección de las distintas Seremi de Salud del país, para la fiscalización de residuos peligrosos y condiciones laborales de establecimientos de atención de salud públicos y privados, de manera de estandarizar las tareas a desarrollar, facilitar las laboras y la confección de las actas de inspección.

  5. Resolver los sumarios sanitarios pendientes consignados en el cuerpo del informe.

  6. Dar cumplimiento a la jurisprudencia de este Organismo de Control que señala la improcedencia que personal a honorarios real ice labores de fiscalización y funciones inspectivas.

  7. Cada Seremi de Salud, deberá mantener un registro actualizado de todos los hospitales, clínicas y laboratorios, en el cual se registren las actividades de formalización y fiscalización realizadas en materia de residuos peligrosos y condiciones laborales.

  8. Del mismo modo, cada Seremi de Salud deberá registrar en las actas de inspección ladas las infracciones a la normativa legal vigente observadas en los establecimientos visitados. 9, Velar por el cumplimiento del cronograma de trabajo del Plan Integrado Especifico Nacional de Salud Ocupacional, PIENSO, impulsado por el Ministerio de Salud relacionado con las condiciones laborales y medio ambiente do trabajo de los funcionarios de...

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