INFORME FINAL N° 34 DE 2010, SOBRE AUDITORIA DE TRANSACCIONES EN EL HOSPITAL DE PUERTO AYSÉN - Doctrina Administrativa - VLEX 565311250

INFORME FINAL N° 34 DE 2010, SOBRE AUDITORIA DE TRANSACCIONES EN EL HOSPITAL DE PUERTO AYSÉN

Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2010
EmisorRegional Aysén
ServicioHOSPITAL PUERTO AYSEN
Número de informe31/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que: El Hospital de Puerto Aysén deberá iniciar sumarios administrativos, con el fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas, por los hechos que se indican a continuación, debiendo enviar los procesos sumariales a su término para los correspondientes controles de juridicidad: 1.1 Respecto de la falta de emisión de las resoluciones que aprueban los actos administrativos asociados a los procesos de adjudicaciones informados en el punto 2.5, letra c), del título I "Sobre evaluación de Control Interno - y en el punto 4.1 del título II "Sobre Examen de Cuentas". 1.2 Relacionado con la no realización de las tres cotizaciones establecidas en la ley N''19.886 y su respectivo reglamento, en el caso de aquellas adquisiciones realizadas bajo la modalidad de trato directo, expuestas en el punto 2.5, letra f) del título I " Sobre evaluación de Control Interno". 1.3 Asociado a la omisión de las causales fundadas de adjudicación en las resoluciones, expuestas en el punto 2.5, letra g) del título I "Sobre evaluación de Control Interno". Respecto a las observaciones que se mantienen en el presente Informe Final. esta Contraloría Regional, en la próxima visita de seguimiento que realice al Hospital de Puerto Aysén, procederá a validar las materias pendientes, como así también verificará la implementación y aplicación de las medidas adoptadas por el Servicio, en relación a::

2.1 La estructura organizacional, indicada en el punto 1, del título I "Sobre evaluación de Control Interno", debiendo complementar la información contenida en el manual organizacional de esa Entidad. 2.2 Los ingresos por prestaciones de urgencia, señalados en el punto 2.1, letra b), del título I "Sobre evaluación de Control Interno", procurando implementar un efectivo sistema de registro y cobro de las prestaciones entregadas en el horario comprendido entre las 00:01 y las 08:00 hrs. 2.3 La base de cálculo incorporada al SIRH, establecido en el punto 2.2, del título I "Sobre evaluación de Control Interno", la que deberá ser revisada para que se ajuste a lo estipulado en el decreto con fuerza de ley N° 44 de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. 2.4 Las observaciones formuladas en el punto 2.1, letra c), del título I "Sobre evaluación de Control Interno", razón por la cual el Servicio deberá agotar los medios de cobro de los pagarés recibidos por...

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