INFORME FINAL N° 40-11 MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DE TRANSFERENCIAS, GASTOS Y RECURSOS HUMANOS EN EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN - NOVIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565326102

INFORME FINAL N° 40-11 MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DE TRANSFERENCIAS, GASTOS Y RECURSOS HUMANOS EN EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN - NOVIEMBRE 2011

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2011
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA 
Número de informe40/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que el departamento de educación de La Cisterna ha regularizado diversas observaciones incluidas en el Preinforme, no obstante, deberá abocarse a resolver las subsistentes, según el detalle que sigue para unas y otras.

  1. - Las observaciones señaladas en el capítulo I, sobre evaluación de control interno, numerales 4, dirección de control; 6, remisión de informes contables y 7, falta de capacitación; el capítulo II, sobre macroproceso de ingresos presupuestarios, numerales 1, recursos procedentes del Ministerio de Educación contabilizados con desfase; y 3.4, subsidios por incapacidad laboral que no han sido recuperados a la fecha, en lo que respecta a $ 1.128.994.- recuperados; el capítulo III, sobre macroproceso de recursos humanos, numerales 1.1, letras a.1), y a.2), sobre asignación de perfeccionamiento, respecto de los docentes identificados en uno y otro literal; letra b), desembolsos efectuados sin respaldo, en cuanto a los docentes incluidos en el juicio a que allí se alude y don Ramón Figueroa Figueroa, y, 1.2, sobre seguro de cesantía; capítulo V, sobre otras observaciones, letras b.1) y b.2), respecto de adquisiciones fuera del sistema de información mercado público y boletas de honorarios sin firma y timbre del jefe del departamento de educación, respectivamente; y, numeral 2, cuentas con saldos provenientes de años anteriores, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad edilicia.:

  2. - En relación con las observaciones del capítulo I, sobre evaluación de control interno, numerales 1, 2 y 5, el municipio deberá actualizar y formalizar los reglamentos interno municipal y de orden y seguridad del departamento de educación y establecer un manual de funciones y descripción de cargos.

  3. - Respecto al capítulo II, macroproceso de ingresos presupuestarios, numeral 2, sobre ingresos erróneamente contabilizados, el municipio deberá efectuar las regularizaciones contables pertinentes. En cuanto a los numerales 3.1 y 3.2, sobre órdenes de ingreso no registradas contablemente e ingresos de fondos en cuenta corriente no identificados, respectivamente, el municipio deberá aclarar las situaciones objetadas e informar en el plazo de 30 días a este Organismo de Control. En el caso del punto 3.3., sobre cuentas por cobrar no registradas en la contabilidad, ese municipio deberá efectuar las...

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