INFORME FINAL N° 58-2013 COMISION NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA AUDITORIA AL FONDO DE FOMENTO AL DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2014 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | COMISION NACIONAL DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA (CONICYT) |
Número de informe | 58/2013 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
La Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica ha aportado antecedentes e iniciado acciones correctivas, las cuales han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 58, de 2013, de este origen. No obstante, se mantienen algunas situaciones, respecto de las cuales, la citada Comisión deberá adoptar las medidas correspondientes con el objeto de dar estricto cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente que regula la materia objeto del análisis, cautelando debidamente la utilización de los recursos, las que deberán considerar, al menos, los siguientes aspectos:
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Instruir un sumario administrativo en razón de las observaciones contenidas en el acápite II, numerales 2.1, sobre los gastos en personal que superan el monto presupuestado y, 2.2 relativo al incumplimiento de la glosa presupuestaria, a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los hechos expuestos, cuyos resultados deberán ser remitidos a este Organismo de Control, en virtud de lo establecido en el punto 7.2.3 del artículo 7°, de la resolución N° 1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención de Trámite de Toma de Razón. En dicho contexto, procede que se envíe a esta Contraloría General copia del acto administrativo que instruya dicho proceso y designa al fiscal competente, en un plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente documento.
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En relación con las observaciones contenidas en el acápite 111, sobre las evaluaciones efectuadas por los consultores: 2.1 Analizar la definición de acuerdos con otras instituciones que también financien este tipo de proyectos, que le permita compartir bases de datos sobre postulantes y beneficiarios, así como implementar controles tendientes a evitar la duplicidad de los proyectos, como ocurrió en los casos de los proyectos D0811090, D0611070 y DA0911001. 2.2 Consolidar aquellos proyectos que abordan temas y objetivos similares, al momento de su presentación, reforzando las instancias de formulación, postulación y evaluación de estos, a fin de evitar la fragmentación de los mismos y una posible repetición de las investigaciones y de sus resultados en el futuro, como se evidenció en la situación de todos los proyectos examinados por los especialistas contratados por esta Contraloría General. 2.3 Mejorar la medición de los resultados en períodos intermedios, incrementando las instancias de control que validen la calidad y contenido de los...
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