INFORME FINAL OAF 2-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS SOBRE AUDITORÍA A LAS DESIGNACIONES DE CARGOS DOCENTES DIRECTIVOS Y TÉCNICO PEDAGÓGICOS - MAYO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136610

INFORME FINAL OAF 2-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS SOBRE AUDITORÍA A LAS DESIGNACIONES DE CARGOS DOCENTES DIRECTIVOS Y TÉCNICO PEDAGÓGICOS - MAYO 2014

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2014
EmisorRegional Coquimbo
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LOS VILOS
Número de informe2/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Los Vilos deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En los años 2008 ,2011 y 2012, no llamó a concurso público para proveer los cargos de director del Liceo Nicolás Federico Lohse Vargas, del Colegio Diego de Almagro y de la Escuela Teresa Cannon de Barroilhet, incumpliendo los artículos 28 y 33 de la ley N°19.070 y artículos 80 y siguientes del decreto N°453, de 1991, del MINEDUC, Reglamento del Estatuto Docente, con las modificaciones introducidas a este último por los decretos N°215, de 2011 y N°119, de 2012, de la misma Secretaria de Estado. En relación con los años 2009 y 2010, si bien esa corporación realizó el correspondiente llamado para proveerlos, estos fueron declarados desiertos debido a vicios de legalidad. Razón por la que esa entidad edilicia designó por medio de decretos alcaldicios tales funciones a docentes, a quienes se les prolongó su permanencia más allá de seis meses desde que el cargo se encontraba vacante, contraviniendo las disposiciones precitadas. No obstante aquello, durante el año 2013 llamó a un procedimiento concursal para cubrir los puestos de director del Colegio Diego de Almagro y del Liceo Nicolás Federico Lohse Vargas, los que concluyeron con el nombramiento de don xxxx y doña xxxxx, respectivamente. En el caso de la Escuela Teresa Cannon de Barroilhet de Quilimarí, se nombró a don xxxx, según decreto alcaldicio N°1.572, de 2013, hasta la resolución del correspondiente proceso para llenar el cargo señalado, lo que se encuentra en armonía con lo preceptuado por los incisos primero y segundo del artículo primero transitorio de la ley N°20.501, que estipulan que los sostenedores podrán optar por convocar a nuevos concursos a través de los sistemas de selección fijados en los ar1ículos 31 bis y siguientes y 34 D y siguientes del decreto con fuerza de ley N°1, de 1997, del MINEDUC, aun cuando los Jefes de los Departamentos de Administración de la Educación Municipal no hayan completado sus períodos de nombramiento, situación en que se encontraba el señor xxxx, cuando asumió el Jefe del DEM actualmente en ejercicio. En ese sentido, la norma establece que estos se mantendrán en sus cargos hasta la designación de los nuevos profesionales, de acuerdo a los...

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