INFORME FINAL36-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA- AUDITORIA AL PROGRMA DE INTEGRACION ESCOLAR-SEPTIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135426

INFORME FINAL36-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA- AUDITORIA AL PROGRMA DE INTEGRACION ESCOLAR-SEPTIEMBRE 2014

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorMunicipalidades
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE PEDRO AGUIRRE CERDA 
Número de informe36/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 2, referido al envío del reglamento interno de higiene y seguridad a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana; capítulo II, examen de cuentas, numeral 1.1, transferencias recepcionadas por la municipalidad, en lo que guarda relación con la discrepancia en los ingresos percibidos por el programa, por $ 69.650.260.-; y el capítulo III , examen de la materia auditada, numerales 1 , aprobación y contenido del Programa de Integración Escolar; 2. 1 , convenio de integración escolar comunal, referido al incumplimiento del numeral 5 de la cláusula sexta del convenio en comento, en lo relativo al control de subvenciones; 2.3, alumnos beneficiarios del programa, referido a la diferencia de 1 8 alumnos determinada entre la base de datos proporcionada por el municipio y lo informado por el Ministerio de Educación; la falta de certificado de nacimiento, de autorización del apoderado para la valuación del ingreso al programa de integración escolar, formulario de anamnesis, informe de especialista para alumno de continuidad, formulario único síntesis de evaluación de ingreso, caso RUT N°, valorización de salud o informe de evaluación médica, informe final psicopedagógico y curricular, casos RUT N° y, e, informe a la familia, referido a diez ( 1 0) de los doce ( 1 2) casos observados; y 2.5.2, profesionales contratados bajo la ley No 1 9.070, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por las entidades. Luego, acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 3, sobre la falta de fiscalización de parte de la dirección de control municipal, se recomienda al municipio, efectuar periódicamente fiscalizaciones al programa de educación de que se trata, financiado con recursos externos, para un mejor control de los mismos. Asimismo y referido al numeral 1 .2, registro y depósito, del capítulo 1 1 , examen de cuentas, se estima oportuno recomendar a la municipalidad, la conveniencia de contar con una cuenta corriente especial para la administración de los recursos del programa de integración escolar, para efectos de optimizar el control por reparado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos recursos procedentes de otras fuentes. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales, se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes: 1) En lo que concierne a las observaciones consignadas en el capítulo II , examen de cuentas, numeral 2.2, gastos improcedentes, referido al pago de asignación por desempeño difícil, por un total de$ 4.187.584.-, y por planilla complementaria ley No 19.598, por la suma de $ 1.087.258.-, las que se encuentran expresamente prohibidas por contar con un financiamiento especial; y, numeral 3, rendiciones de cuenta presentadas a la Superintendencia de Educación, de ese mismo capítulo, relativa a la rendición de desembolsos pagados en el año 2014, por $ 50.009.1 26.-, el municipio...

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