INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 14-13 SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS SOBRE IRREGULARIDADES EN EL DESARROLLO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS EN LA REGION METROPOLITANA - OCTUBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565133698

INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 14-13 SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS SOBRE IRREGULARIDADES EN EL DESARROLLO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS EN LA REGION METROPOLITANA - OCTUBRE 2014

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorInfraestructura y Regulación
ServicioSUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Número de informe14/2013
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelCentral

En relación con las denuncias formuladas por los recurrentes que dieron origen a esta investigación, se concluye que: a). Mediante acta "N°001 inicio de actividades servicio de aseo 2012", de 2011, funcionarios del Área de Mantención y Contratos de la Dirección de Vialidad modificaron el contrato ad-referéndum de servicio de aseo, contraviniendo lo previsto en las correspondientes bases administrativas, estableciendo una dotación de jardineros menor a la indicada por la empresa en su oferta, sin que tal alteración haya dado origen a una reubicación de personal o un ajuste del precio. En lo sucesivo, en las modificaciones de contrato que ese servicio efectúe, deberá observar cabalmente los procedimientos establecidos en los documentos y normativa que regula tales acuerdos, cumpliendo asimismo con las exigencias que al efecto se establezcan, a objeto de evitar la reiteración de situaciones como la representada, lo que será verificado en futuras fiscalizaciones. Lo anterior, conforme a lo expuesto en el numeral 1 del acápite "Análisis". b) La Subsecretaría de Obras Públicas no aplicó a la empresa MAFURA Servicios Generales Limitada, el total de multas que correspondía debido a las deficiencias del servicio de aseo y ausencia de personal acaecidas durante el desarrollo del contrato. En efecto, se corroboró el cobro, con fecha 1O de marzo de 2014, del vale vista N° xxx, entregado por la empresa MAFURA Servicios Generales Limitada, para proceder al pago de las multas aplicadas por dicha subsecretaría, por la suma de $17.522.874, monto inferior al determinado por esta Entidad de Control, a saber, $65.333.287. En lo sucesivo, esa entidad deberá prevenir la reiteración de inobservancias como la representada, adoptando las medidas que resulten del caso, materia que será objeto de control en futuras auditorías que se practiquen. Lo anotado al tenor de lo señalado en el numeral 2 del acápite “Análisis”. c) La Subsecretaría de Obras Públicas en mayo de 2012 solicitó a la empresa MAFURA Servicios Generales Limitada un incremento de personal fundado en deficiencias evidenciadas en el servicio prestado, sin exigir su cumplimiento, en circunstancias que se encontraba facultada para ello. En adelante, en contratos de similar naturaleza, esa entidad deberá exigir el cabal cumplimiento de las condiciones dispuestas en las bases administrativas y técnicas, evitando situaciones como la advertida, lo que será objeto de futuras fiscalizaciones. Ello, conforme con...

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