INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL 18-12 MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUÍN SITUACIONES IRREGULARES DEPARTAMENTO DE OPERACIONES Y EMERGENCIA - FEBRERO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565333170

INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL 18-12 MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUÍN SITUACIONES IRREGULARES DEPARTAMENTO DE OPERACIONES Y EMERGENCIA - FEBRERO 2013

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2013
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN
Número de informe18/2012
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelCentral
  1. - Se verificó que don Ramón Segundo Ortiz cesó en su cargo de funcionario municipal en diciembre de 2008, tras lo cual asumió como concejal de la comuna, por lo que no corresponde a este Organismo de Control pronunciarse actualmente sobre su eventual responsabilidad en los hechos denunciados.

  2. - Las contrataciones de don José Retamal en el marco de los Programas de Mejoramiento Urbano y equipamiento Comunal no fueron aprobadas por decreto alcaldicio y los respectivos convenios no contienen la imputación presupuestaria de los gastos pertinentes, debiendo el municipio disponer su regularización a través de la emisión de los actos administrativos pertinentes, lo cual deberá ser acreditado documentalmente, en el término de 30 días hábiles.

  3. - Solo para las contrataciones efectuadas por los decretos alcaldicios N°s 1.716, de 2007 y 28, 408 y 1.328, de 2008, se dispuso realizar su publicación al tenor de lo señalado en el artículo 8° de la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo cual, en todo caso, no se acreditó en la investigación que se informa, por lo que el municipio -en lo sucesivo- deberá adoptar las medidas destinadas a dar estricto cumplimiento a la normativa que regula las referidas contrataciones, sin perjuicio de regularizar todos los casos analizados en el presente informe, lo que deberá acreditar documentadamente, en el mismo plazo señalado en el numeral precedente .

  4. - La Dirección Jurídica de la Municipalidad de San Joaquín no dio oportuno cumplimiento a la instrucción de la autoridad comunal, en orden a ejercer las acciones pertinentes para recuperar los fondos invertidos en los cierros de propiedades privadas, materia que deberá ser indagada en el sumario que actualmente instruye el municipio, según decreto N° 3, de 2013, con el objeto de determinar eventuales responsabilidades funcionarias.

  5. - Respecto de las responsabilidades derivadas de las inconsistencias entre lo pagado y las labores ejecutadas por el señor Retamal, el municipio ha dispuesto la instrucción de un sumario administrativo, mediante el citado decreto N° 3, de 2013 -en el cual...

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