INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL 22-14 SOBRE GASTOS EN MANTENIMIENTO EN LA ESCUELA MUNICIPAL FEDERICO BARNES PAYNE DE VICUÑA - OCTUBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565133278

INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL 22-14 SOBRE GASTOS EN MANTENIMIENTO EN LA ESCUELA MUNICIPAL FEDERICO BARNES PAYNE DE VICUÑA - OCTUBRE 2014

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2014
EmisorRegional Coquimbo
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION MUNICIPAL DE VICUÑA
Número de informe22/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir que:

  1. En cuanto a que los recursos asignados a la Escuela Federico Barnes Payne, de la localidad de Marquesa, por concepto de la Ley SEP, no estarían siendo utilizados en mejorar la calidad de la educación, además de incumplirse con la normativa asociada a la rendición de la mencionada subvención, específicamente en lo relativo a cuentas públicas, cumple con señalar que tales materias se encuentran incorporadas a una auditoría contemplada en el plan anual de fiscalización de esta Contraloría Regional, en la que se incluirá a la Municipalidad de Vicuña y al colegio en comento, cuyo resultado —en lo pertinente— le será remitido una vez concluida la revisión.

  2. En relación con el incumplimiento por parte de esa municipalidad a lo instruido mediante oficio N° 3.569, de 13 de septiembre de 2013, de esta Sede Regional, en orden a::

    (1) cesar la encomendación de funciones mediante la cual el jefe del departamento de Recursos Humanos y Personal, señor Walter Díaz Ortega, fue designado como jefe del DAEM, (2) proveer dicha jefatura —provisoriamente— mediante un contrato de reemplazo y (3) llamar al correspondiente concurso público, se verificó que efectivamente esa corporación no ha arbitrado las medidas pertinentes para satisfacer tales requerimientos. De lo expuesto, la autoridad comunal deberá dejar sin efecto la encomendación de funciones del señor Díaz Ortega, en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar de la recepción del presente documento, proveyendo en calidad de contratado a la persona que disponga en esa función, por un período no superior a seis meses, al cabo del cual obligatoriamente tendrá que llamar a concurso.

  3. Sobre la falta de inversión en mantenimiento que afectaría tanto al colegio como a su internado, se determinó que entre enero del año 2011 y agosto de la presente anualidad, esa entidad ha efectuado desembolsos por este concepto por $ 4.871.078, como asimismo, durante el año 2014, realizó mejoramientos con otras fuentes de financiamiento, por un monto de $’24.310.490. En consideración a lo anterior, es dable concluir que ese municipio ha efectuado erogaciones por mantenimiento y reparaciones, por lo que se desestima la denuncia en este punto.

  4. El departamento de educación no cuenta con registros sobre el uso y aplicación de estos fondos por cada colegio, como tampoco con información técnica sobre los requerimientos de...

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