INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 9-13 MUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE ASISTENCIA CONCEJALES A SEMINARIO REALIZADO EN VIÑA DEL MAR - MAYO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565334002

INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 9-13 MUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE ASISTENCIA CONCEJALES A SEMINARIO REALIZADO EN VIÑA DEL MAR - MAYO 2013

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013
EmisorRegional Los Lagos
ServicioMUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE
Número de informe9/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir lo siguiente:

  1. La autoridad comunal autorizó a los concejales, señores Fernando Acuña Ide y Roberto Alvarado Velásquez, para asistir al seminario "Marketing estratégico comunal", en la ciudad de Viña del Mar, sin "contar con la aprobación del Concejo Municipal, contraviniendo lo dispuesto en el título tercero, artículo 4°, letra k), del reglamento de funcionamiento interno del concejo municipal de Llanquihue, aprobado, en sesión extraordinaria N° 54, de 29 de diciembre de 2010.

  2. El municipio no exigió la restitución íntegra de los viáticos pagados a los señores Fernando Acuña Ide y Roberto Alvarado Velásquez, concejal y ex concejal de esa entidad edilicia, por la suma total de $504.028, dado que no asistieron a la actividad señalada en el punto anterior, por lo que no le correspondía pago alguno por esa comisión de servicio.

  3. La entidad edilicia pagó, mediante decreto de pago N° 2060, de 4 de octubre de 2012, la factura N° 327, de 3 de octubre de 2012, la suma de $ 388.000, a la empresa Chile Gestión Spa por la asistencia de los citados concejales al seminario "Marketing estratégico comunal", comprobándose que el mismo día del pago la citada empresa emitió la nota de crédito N° 12, de 2012, que anuló el citado documento mercantil.

  4. La municipalidad reembolsó a don Francisco Vásquez Almonacid, ex concejal de esa comuna, la suma de $ 239.880, por concepto de gastos por asistencia a cursos y seminarios, sin que el citado edil adjuntara la documentación sustentatoria original, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 98 de la ley N° 10.336, Y el artículo 55 del D.L. N° 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

  5. La municipalidad imputó erróneamente los pagos relacionados con la asistencia de concejales a capacitaciones, seminarios y otros, por el período enero a octubre de 2012, en la cuenta, 21 .04.003.003...

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