INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRA 5 - 14 MUNICIPALIDAD DE PALMILLA REPOSICIÓN EDIFICIO CONSISTORIAL - DICIEMBRE 2014
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Regional Lib. Bernardo O'Higgins |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE PALMILLA |
Número de informe | 5/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
La Municipalidad de Palmilla ha aportado antecedentes que permiten levantar la observación detallada en el acápite 1. "Sobre Aspectos Constructivos", numeral 11, "Incumplimientos de especificaciones y planos técnicos", letra e), de este informe. Asimismo, las argumentaciones vertidas y acciones arbitradas resultan suficientes para subsanar las objeciones representadas en el acápite II. "Sobre Aspectos Técnico-Administrativos", numerales 1, "Errores advertidos en las bases administrativas de la licitación", letras a), b) y c); 5, "Responsabilidad no asumida ante eventuales incumplimientos de pagos previsionales; 6, "Ordenación y designación de partidas"; así como en el acápite III. "Sobre Aspectos Medioambientales", numerales 1, "Incumplimiento en la mantención de las faenas limpias y seguras"; 2, "Falta de señalización en las faenas"; 3, "Falta de uso de elementos de protección personal"; y 4, "Deficiencias en el cierre provisional". No obstante lo anterior, se mantienen las siguientes objeciones, con las acciones derivadas que en cada caso se indican:
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En cuanto a lo representado en el acápite I. "Sobre Aspectos Constructivos", numerales 1; 2, letras a), b), c) y d); 3; 4; 5; 6; 8; 9; 10; y 11, letras a), b), c) y d), todos referidos a fallas constructivas tales como la existencia de nidos de piedra en el hormigón; pérdida de geometría en elementos de hormigón; desprendimiento de hormigón en elementos estructurales; elementos de hormigón armado con cortes verticales; incumplimiento del recubrimiento mínimo de las enfierraduras; incumplimiento del distanciamiento de las enfierraduras en el hormigón armado; exceso de recubrimiento en paramentos horizontales y verticales; picado en exceso de elementos de hormigón armado; fisuras en radieres; e incumplimientos de especificaciones y planos técnicos; respectivamente, en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción de este informe, la Municipalidad de Palmilla deberá acreditar ante esta Contraloría Regional la efectiva ejecución, aprobación y recepción de las reparaciones pertinentes, sin perjuicio de su verificación en una posterior visita de seguimiento.
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En relación con lo advertido en el acápite I. "Sobre Aspectos Constructivos", numeral 7, "Deficiencias en el descimbre de los elementos de hormigón armado", en lo sucesivo, esa entidad deberá exigir el correcto descimbre de los elementos de hormigón armado con el objeto de evitar pérdidas de material como la observada, lo que...
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