Sentencia de Tribunal del Biobio, 4 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 512893578

Sentencia de Tribunal del Biobio, 4 de Octubre de 2012

EmisorTribunal del Biobio (Chile)
Ric12-9-0000076-4
Fecha04 Octubre 2012
RucGR-10-00009-2012

RUC: 12-9-0000076-4

RIT: GR-10-00009-2012 RECLAMANTE: Sociedad de Inversiones Esperanza Limitada. RECLAMADO: Concepción. Servicio de Impuestos Internos VIII Dirección Regional

MATERIA: Procedimiento General de Reclamaciones.

Concepción, a cuatro de octubre de dos mil doce. VISTOS: Que, a fojas 4 y siguientes, con fecha cinco de marzo de dos mil doce, comparece don F.A.M., empresario, cédula nacional de identidad número 11.347.683-4, en representación legal de “Sociedad de Inversiones Esperanza Limitada”, rol único tributario número 76.120.832-2, con giro de Restaurante, ambos con domicilio en la ciudad de Los Ángeles, calle V. 440, L.T.-413, "Mall Plaza Los Ángeles", interponiendo Reclamo en contra de la Resolución Exenta del Servicio de Impuestos Internos número 108401000239, de 23 de diciembre de 2011, expedida por la Sra. T.C.P., Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, teniendo para ello los siguientes fundamentos: Primero, manifiesta el reclamante que la indicada resolución no hace lugar una devolución por $7.787.347, solicitada en la declaración de Impuestos anuales a la renta correspondiente al año tributario 2011. Luego, agrega que en el referido período, existe una pérdida tributaria para la sociedad que representa. Señala que en efecto, en la cuenta "Gastos Generales", aparece la suma de de $28.066.025, acreditada con facturas de proveedores contabilizadas en Folio 01 y 02, Libro de Compra Ventas y facturas correspondientes a gastos de transporte de carga y vestuario del personal, las que se detallan a continuación con sus valores netos: 1. Factura 434, Administradora de Franquicias D y F Ltda por $26.633. 2. Factura 2254454, P.C.S.A. por $3.866 3. Factura 0114123, J.L.O., por $132.834. 4. Factura 2254288, P.C.S.A. por $13.227. 5. Factura 1711, M.R.S., por $200.000. 6. Factura 2254335, P.C.S.A. por $294.164. 7. Factura 2254337, P.C.S.A. por $52.780. 8. Factura 2254399, P.C.S.A. por $40.403. 9. Factura 2254401, P.C.S.A. por $17.269. 10. Factura 1406, Com. S.L.. por $31.500.

11. Factura 15938, M.H. y Cía Ltda., por $920.190. 12. Factura 15976, M.H. y Cía Ltda., por $40.740. Más facturas de gastos con fecha de emisión diciembre de 2010, contabilizadas en el libro de Compra Ventas folio 04 del mes de Enero 2011, gasto que fue provisionado al 31 de diciembre de 2010, las que se detallan a continuación: 1. Factura 448, A. de franquicias O y F Ltda., por $856.279. 2. Factura 114369, J.L.O., por $63.114. 3. Factura 34920, Empresa Serv. Energéticos, por $637.487. 4. Factura 1141, lnv e lnm. Cuatro S.A., por $24.269.014. 5. Factura Exenta 5811, Asesorías Paredes Ltda., por $180.000. 6. Factura Exenta 5812, Asesorías Paredes Ltda., por $100.000. 7. Factura Exenta 5813, Asesorías Paredes Ltda., por $42896. Luego indica que se encuentran además contabilizados los “Gastos Arreglo de local”, por un valor de $24.139.546, acreditados con facturas de proveedores correspondientes al arreglo y habilitación de Local comercial, ubicado en Mall Plaza Los Ángeles, las que se detallan a continuación: 1. Factura N° 291, por un valor neto de $11.627.822. 2. Factura N° 292 por un valor neto de $9.302.258, y 3. Factura N° 293, por un valor neto de $3.209.466. Todas pertenecientes a la empresa Ingeniería RC Ltda., R. 77.547.2200, contabilizadas en Libro de Compra Ventas, Folio 02, del mes de diciembre 2010. Agrega entonces que, igualmente, se encuentra contabilizado en la cuenta “Sueldos” la suma de $4.499.924 y “Bonos Exentos”, por $110.000, acreditados con P. de Imposiciones y Libro de Remuneraciones por Sueldos e Imposiciones canceladas al personal durante el mes de diciembre de 2010, necesarios para el funcionamiento del local comercial. Lo mismo ocurre en la contabilización de la cuenta “Seguro de Cesantía” por un valor de $132.371 y “Seguro de Accidentes”, por $42.755, gastos que son aportados al Fondo de Cesantía y el seguro de accidentes pagados en planilla del INP, indica que este gasto se acredita con las planillas de Imposiciones. Señala que en la cuenta “Depreciación”, se registra un valor de $376.032 correspondiente a la depreciación de bienes del activo fijo, adquiridos en el mes de diciembre 2010, acreditado con facturas de compra de dichos bienes, contabilizados también en el libro de Compra Ventas, Folio 02. Luego indica que en cuanto a la cuenta “Costo de Ventas”, se registra un valor de $6.836.413 generado por el valor de costo de las ventas realizadas en el mes de diciembre de 2010, según inventario final realizado al 31 de diciembre de 2010.

En lo tocante a la cuenta “Corrección Monetaria”, indica que ella es de $4.000, aplicada directamente al capital inicial, para la revalorización de Capital al 31 de diciembre de 2010. Argumenta entonces que, el Crédito por Impuesto de Primera Categoría, solicitado en devolución como Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas se acredita por los retiros efectuados de la sociedad “Inversiones e Inmobiliaria Los Chenques Ltda.” R.: 78.112.360-9, con domicilio en Los Españoles 2655, Providencia, mediante los respectivos “Certificados sobre Situación Tributaria de Retiros y Gastos Rechazados” correspondientes al año Comercial 2010, y declarados en “Declaración Jurada 1886” año tributario 2011, los cuales se retiraron con su Crédito por Impuesto de Primera Categoría, por Utilidades Tributarias generadas en Ejercicios Anteriores. Indica entonces el detalle de certificados: Certificado N°02, J.I.A.M., retira: 31-03-2010 $5.100.000.- Act. Con Crédito de $899.997,

30-11-2010 $14.014.000.- Act. Con Crédito de $2.473.051, 31-12-2010 $15.750.000.- Act. Con Crédito de $2.779.403, Certificado N°03, J.M.A.M., retira: 31-03-2010 30-11-2010 31-12-2010 $5.100.000.- Act. Con Crédito de $899.997 $14.014.000.- Act. Con Crédito de $2.473.051.$15.750.000.- Act. Con Crédito de $2.779.403.-

Certificado N°04, C.F.A.M., retira: 31-03-2010 $5.100.000.- Act. Con Crédito de $899.9P7

30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de $2.473.051.31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.779.403.-

Certificado N°05, F.E.A.M., retira: 31-03-2010 $5.100.000. A.. Con Crédito de $899.997

30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de $2.473.051.31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.779.403.-

Señala que estos retiros fueron reinvertidos, con su respectivo Crédito por Impuesto de Primera Categoría, en la “Sociedad de Inversiones Esperanza Limitada”, acreditado por los certificados de “Situación Tributaria Definitiva de los Retiros Destinados a Reinversión”, correspondientes al año comercial 2010, y declarados en “Declaración Jurada 1821”, Año Tributario 2011 según el siguiente detalle: Certificado N°01. F.E.A.M., reinvierte: 30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de $2.473.051.

31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.779.403.

Certificado N°02, J.M.A.M., reinvierte: 30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de 31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.473.051. $2.779.403.

Certificado N°03, J.I.A.M., reinvierte: 30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de 31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.473.051. $2.779.403.

Certificado N°05, C.F.A.M., reinvierte: 30-11-2010 $14.014.000. A.. Con Crédito de 31-12-2010 $15.750.000. A.. Con Crédito de $2.473.051. $2.779.403.

Manifiesta que conforme con lo expuesto, el cálculo de la Renta Líquida Imponible, en este caso Pérdida Tributaria del Ejercicio 2010, fue realizada de acuerdo a los artículos 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Impuestos a la Renta, y los retiros reinvertidos fueron declarados de acuerdo al artículo 14 N° 1 letra e) del mismo cuerpo legal. Señala que la pérdida tributaria del ejercicio fue imputada a las utilidades tributarias, según el artículo 31 N°3 de la señala Ley, generadas de ejercicios anteriores provocadas por la reinversión de los retiros. Indica que en consecuencia, la devolución solicitada era procedente y al no resolverlo así la indicada Resolución Exenta comete los yerros de derecho a las normas citadas, razón por la cual debe ser dejada sin efecto. Por tanto, solicita tener por interpuesto reclamo en contra de la Resolución Exenta del Servicio de Impuestos Internos número 108401000239, de 23 de diciembre de 2011, expedida por la Sra. T.C.P., y hacer lugar a ella, declarando que se deja sin efecto la señalada resolución a consecuencia de lo cual se disponga la devolución solicitada o, en subsidio, de aquella suma que el Tribunal determine, con costas. La reclamante acompaña a esta presentación fotocopia de la Resolución N°108401000239. Posteriormente, a fojas 103, la reclamante agrega los siguientes documentos a su presentación: 1. Fotocopia de Certificado sobre Retiros Efectivos de Sociedad Los Chenques Ltda. 2. Fotocopia de FUT y Declaraciones de Renta 2010 y 2011, Sociedad Los Chenques Ltda. 3. Certificado en original de Retiros destinados a Reinversión. 4. Planillas de Imposiciones Diciembre de 2010. 5. Fotocopia de Libro de Remuneraciones. 6. Fotocopia de Libro de Compra Ventas.

7. Copia de Facturas de Proveedores. 8. Libro Caja Americana de la sociedad. A fojas 104, se confiere traslado al Servicio de Impuestos Internos para contestar el reclamo interpuesto. A fojas 107 y siguientes, comparece don R.R.R., en representación del Servicio de Impuestos Internos, quien contesta el reclamo, en los siguientes términos: Primeramente, señala que el contribuyente no ha indicado en su reclamo que aspecto de la Resolución Exenta Nº 108401000239 de fecha 23 de diciembre de 2011, adolece de algún vicio de ilegalidad susceptible de ser corregido por la vía del recurso de reclamación intentado. Agrega que en efecto, el contribuyente se ha limitado a señalar que la devolución que solicitó en su declaración de impuestos correspondiente al año tributario 2011 era procedente y a acompañar documentación que no había sido aportada en sede administrativa; sin embargo, no ha invocado vicio alguno que diga relación con los motivos...

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