Oficio nº 053148 de 22 de Octubre de 2009, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs. 16.395 y 18695. D.F.L. Nº1 de 2005, del Ministerio de Salud y D.F.L.Nº1 de 2006 del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.) - Doctrina Administrativa - VLEX 480508986

Oficio nº 053148 de 22 de Octubre de 2009, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs. 16.395 y 18695. D.F.L. Nº1 de 2005, del Ministerio de Salud y D.F.L.Nº1 de 2006 del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.)

  1. - Mediante Carta indicada en la suma, la ISAPRE Cruz Blanca S.A. ha solicitado a esta Superintendencia que esa Subcomisión proceda a dejar sin efecto su Resolución, de fecha 11 de mayo de 2009, en la cual se instruye a esa ISAPRE pagar el subsidio al interesado, derivado de su licencia médica otorgada por 30 días a contar del 16 de marzo al 14 de abril de 2009, por cuanto el interesado no ha acompañado inicio de actividades para acreditar la efectividad de su calidad de trabajador independiente.


    Agrega que el interesado presentó la licencia médica en cuestión como trabajador independiente, acompañando la respectiva planilla de cotización de la A.F.P. Habitat pagada como trabajador independiente correspondiente al mes de enero de 2009. Además, adjunta un certificado de la I. Municipalidad de Panquehue, en que consta que hasta el 6 de diciembre de 2008, el interesado se desempeñó como alcalde, asumiendo posteriormente como concejal de dicha Entidad Municipal.


    Por otra parte, el interesado mediante presentaciones indicadas en antecedentes, ha reclamado ante esta Superintendencia en contra de la ISAPRE citada, por negarse a pagarle los subsidios de las tres licencias médicas, otorgadas con anterioridad a la que ahora se reclama, desde el 5 de enero al 15 de marzo de 2009, por la causal de no haber acreditado inicio de actividades como trabajador independiente.


    Expresa el interesado, en sus presentaciones que fue Alcalde de la Comuna de Panquehue hasta el 6 de diciembre de 2008 y, que a partir de esa fecha dejó de ser funcionario de la I. Municipalidad mencionada, siendo luego elegido concejal de esa Comuna. Agrega, que ha estado pagando desde enero de 2009 las respectivas cotizaciones como trabajador independiente en la ISAPRE Cruz Blanca S.A.


    Asimismo, adjunta un Certificado de Pagos de Cotizaciones Obligatorias de la AFP Habitat S.A., emitido el 21 de febrero de 2009, en que constan las cotizaciones enteradas desde enero de 2008 a dicembre de 2008, por la I. Municipalidad de Panquehue cuando desempeñó el cargo de Alcalde de esa Entidad.


    Además, informa el interesado, que el 5 de enero de 2009, sufrió un accidente común en su casa, sufriendo una fractura en la muñeca izquierda, que corresponde a los diagnósticos de las licencias médicas en cuestión, expresando que tras ser operado estuvo en terapia diaria, no desarrollando un trabajo en calidad de independiente con anterioridad al período de las licencias aludidas.


  2. - Al...

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