Decisión nº C764-14, de Consejo de Transparencia de 18 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544597666

Decisión nº C764-14, de Consejo de Transparencia de 18 de Junio de 2014

Fecha de Resolución18 de Junio de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C764-14

Entidad pública: Municipalidad de Algarrobo

Requirente: Luis Hidalgo Sersich

Ingreso Consejo: 22.04.2014

En sesión ordinaria N° 531 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de junio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C764-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 10 de marzo de 2014, don Luis Hidalgo Sersich solicitó a la Municipalidad de Algarrobo información relativa al proyecto "Arena Maris". En particular, requiere:

a) "Permiso de construcción aprobado, de existir entregarlo;

b) Documentos solicitados para otorgar el permiso, en especial:

i. Vialidad y Resoluciones de las autoridades competentes;

ii. Documentos relativos a aprobaciones ambientales;

iii. Listado de restricciones, por ser proyecto a desarrollar en Borde Costero;

iv. Documento que resguarde la Costanera de Algarrobo Norte, que se encuentra en el actual Plano Regulador de Algarrobo;

v. Documento con listado y detalle de las obras de mitigación exigidas;

c) Actas de observaciones previas al otorgamiento del permiso de construcción; y,

d) Cualquier documento relacionado con estas acciones."

2) RESPUESTA: El 1° de abril de 2014, la Municipalidad de Algarrobo respondió a dicho requerimiento de información mediante Oficio N° 271, ajuntando al efecto el Memorándum N° 045/2014, del Director de Obras Municipales, el cual indica que la información está disponible en sus dependencias, conforme con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza. Agrega que "si solicita copia del mencionado proyecto informo a usted que el municipio solicitará autorización al propietario para dicho acto según lo indicado en el artículo 20 de la Ley de Transparencia."

3) AMPARO: El 22 de abril de 2014, don Luis Alejandro Hidalgo Sersich dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado...

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