Decisión nº C223-14, de Consejo de Transparencia de 25 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544592522

Decisión nº C223-14, de Consejo de Transparencia de 25 de Abril de 2014

Fecha de Resolución25 de Abril de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Presupuestos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaAseo y Ornato

DECISIÓN AMPARO ROL C223-14

Entidad pública: Municipalidad de La Florida

Requirente: Luis Rendón Escobar

Ingreso Consejo: 27.01.2014

En sesión ordinaria Nº 518 del Consejo Directivo, celebrada el 25 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C223-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 25 de diciembre de 2013, Luis Rendón Escobar solicitó a la Municipalidad de La Florida en adelante también la municipalidad o el municipio, la siguiente información relativa al pasado proceso electoral:

a) Se le informe si ese municipio de oficio o a petición de parte procedió a efectuar retiros de propaganda ilegal durante el pasado proceso electoral. En caso afirmativo, se indique dónde, cuándo, de qué candidatos y qué destino se dio a la propaganda retirada.

b) En caso de respuesta afirmativa a la pregunta anterior, requirió se le informe si los retiros fueron efectuados por personal municipal o por empresas externas contratadas al efecto.

c) Se le informe si el municipio procedió a denunciar ante los Juzgados de Policía por la instalación de propaganda ilegal durante el pasado proceso electoral. En caso afirmativo, dónde, cuándo y respecto de qué candidatos.

d) Se le informe si el municipio retiró propaganda al término del proceso electoral que no haya sido retirada por los respectivos candidatos en el plazo legal. En caso afirmativo, cuál fue el costo de ese retiro y si se exigió el pago de ese costo posteriormente a los candidatos responsables.

2) RESPUESTA: El 24 de enero de 2014, la Municipalidad de La Florida respondió a dicho requerimiento de información mediante Ord. Nº 22, de 14 de enero de 2014, señalando, en síntesis, que:

a) La Dirección de Operaciones se ha regido por el Decreto Municipal Nº 4300, de 13 de diciembre de 2013, que dispone el retiro de todas las estructuras metálicas con base de cemento existentes en la comuna de La Florida que se encuentren en estado de total abandono sin ninguna utilidad pública, a objeto de salvaguardar la integridad física y la seguridad de las personas residentes y población flotante.

b) En terreno se constató la existencia de estructuras metálicas con base de cemento, sin publicidad, sin ninguna identificación, en total abandono. Señala los lugares desde donde se han retirado tales estructuras que alcanzan un total de 15, las cuales se encuentran almacenadas en la bodega con sus paneles desarmados y solo tres bases de hormigón armado, pues por su peso no pueden ser trasladados a las bodegas. La Dirección de Operaciones municipal no cuenta con maquinaria para trasladar estructuras de gran peso.

3) AMPARO: El 27 de enero de 2014, Luis Rendón Escobar dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de La Florida, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Además, el reclamante hizo presente que la municipalidad informó sobre el retiro de estructuras sin propaganda y se consultó sobre retiro de propaganda electoral ilegal.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo trasladó este amparo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Florida, mediante e solicitó especialmente que se refiriese a la eventual concurrencia de alguna causal de secreto o reserva respecto de la información solicitada.

Mediante ordinario N° 131, de 11 de marzo de 2014, la Sra. Administradora Municipal de la Municipalidad de La Florida presentó sus descargos, señalando, en síntesis que:

a) Respecto del literal a), individualiza las calles desde las cuáles ha retirado estructuras metálicas.

b) Sobre el literal b), del requerimiento de...

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