Decisión nº C2474-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Octubre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631752221

Decisión nº C2474-15, de Consejo de Transparencia de 23 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2474-15

Entidad pública: Municipalidad de Antofagasta.

Requirente: María Andrea Valenzuela Naranjo.

Ingreso Consejo: 14.10.2015.

En sesión ordinaria N° 657 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de octubre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2474-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 02 de septiembre de 2015, doña María Andrea Valenzuela Naranjo, realizó una presentación a la Municipalidad de Antofagasta, a través de la cual solicitó información con respecto a las organizaciones sociales con personalidad jurídica de la ciudad de Antofagasta. Específicamente, requiere el teléfono de contacto, domicilio, miembros de la organización, etc. Dicha solicitud ingresó con el código MU009T0000432.

2) Que, posteriormente, mediante Ordinario N° 222/2015, de 24 de septiembre de 2015, la Municipalidad de Antofagasta, le solicitó subsanar su solicitud, en términos de "indicar con exactitud a qué tipo de organizaciones sociales se refiere".

3) Que, con fecha 14 de octubre de 2015, doña María Andrea Valenzuela Naranjo, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Antofagasta, fundado en la falta de respuesta a su solicitud.

4) Que, en virtud del análisis de admisibilidad, se revisó el estado de la solicitud en el Portal de Transparencia, advirtiéndose que la solicitud de subsanación fue respondida por la Sra. Valenzuela Naranjo el 24...

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