Decisión nº C2067-15, de Consejo de Transparencia de 17 de Noviembre de 2015
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2015 |
Tipo | Documentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN RECLAMO ROL C2067-15
Entidad pública: Municipalidad de Vichuquén
Requirente: María del Pilar Saiz Vidallet
Ingreso Consejo: 01.08.2015
En sesión ordinaria N° 663 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C2067-15.
VISTOS:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 1 de septiembre de 2015, doña María del Pilar Saiz Vidallet presentó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra de la Municipalidad de Vichuquén, fundado en que la información relativa a los actos y resoluciones con efectos sobre terceros, se encuentra desactualizada, incumpliendo el artículo 7, letra g) de la Ley de Transparencia. Señala que a la fecha del reclamo, la última acta del Concejo Municipal publicada es la correspondiente al 27 de abril de 2015.
2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: El 14 de septiembre de 2015, la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia, revisó íntegramente la información de transparencia activa en el banner del organismo reclamado, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General No 11 (IG N°11) que este Consejo ha impartido sobre la materia.
Dicho proceso concluyó en un informe que reveló que los niveles de cumplimiento de las normas aludidas corresponden en general a un 0,00%.
El informe señaló que revisado el sitio web de la Municipalidad de Vichuquén, se advierte que éste no se encuentra operativo, sólo presenta un mensaje que indica "Sitio momentáneamente fuera de servicio por error desconocido", enunciado que data del día 7 de septiembre de 2015.
3) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó...
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