Decisión nº C2026-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544587942

Decisión nº C2026-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C2026-13

Entidad pública: Ministerio de Educación

Requirente: Marta de la Fuente Olguín

Ingreso Consejo: 18.11.2013

En sesión ordinaria Nº 501 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de febrero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2026-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 25 de octubre de 2013, doña Marta de la Fuente Olguín solicitó al Ministerio de Educación información relativa a profesores y funcionarios de Liceo Municipal Darío Salas en período de septiembre a diciembre de 1973, con indicación de nombres, cargos y directivos.

2) RESPUESTA: El Ministerio de Educación respondió a dicho requerimiento de información mediante correo electrónico de fecha 18 de noviembre de 2013, indicando que de acuerdo a lo informado por la División de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación, no cuentan con información individual del año requerido. Hace presente que igualmente los datos solicitados tienen el carácter de datos personales, cuyo resguardo está consagrado en la Ley Nº 19.628 sobre Protección de Datos de carácter personal.

3) AMPARO: El 18 de noviembre de 2013, doña Marta de la Fuente Olguín dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la respuesta fue negativa, puesto que el órgano público manifestó en no contar con la información individual del año requerido.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo al Subsecretario de Educación, mediante Oficio N° 4967 de 27 de noviembre de 2013. Mediante presentación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR