ORD. Nº 592 / 34 26 de Febrero de 2002. Deniega impugnación de instrucciones N° 00 Nam 1-PR, de 17.04.2000, impartidas por Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos a empresa Radio Supersol, de Osorno, por las cuales ordena pago de cotizaciones previsionales por lo que se denomina asignación de colación, si los trabajadores no incurren en el gasto correspondiente con ocasión de la... - Doctrina Administrativa - VLEX 239662326

ORD. Nº 592 / 34 26 de Febrero de 2002. Deniega impugnación de instrucciones N° 00 Nam 1-PR, de 17.04.2000, impartidas por Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos a empresa Radio Supersol, de Osorno, por las cuales ordena pago de cotizaciones previsionales por lo que se denomina asignación de colación, si los trabajadores no incurren en el gasto correspondiente con ocasión de la...

Fecha Disposición26 de Febrero de 2002
MateriaDeniega impugnación de instrucciones N° 00 Nam 1-PR, de 17.04.2000, impartidas por Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos a empresa Radio Supersol, de Osorno, por las cuales ordena pago de cotizaciones previsionales por lo que se denomina asignación de colación, si los trabajadores no incurren en el gasto correspondiente con ocasión de la...

ORD. Nº 0592 / 0034

MAT.:

Deniega impugnación de instrucciones N° 00 Nam 1-PR, de 17.04.2000, impartidas por Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos a empresa Radio Supersol, de Osorno, por las cuales ordena pago de cotizaciones previsionales por lo que se denomina asignación de colación, si los trabajadores no incurren en el gasto correspondiente con ocasión de la jornada, por lo que se trata de remuneración, y por los montos que la asignación de movilización excede lo prudente y razonable, atendida su finalidad, por encontrarse ajustadas a derecho.

ANT.:

1) Ord. N° 1551, de 22.08.2000, de Director Regional del Trabajo Décima Región de Los Lagos.

2) Informe de 25.04.2000, de Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos.

3) Presentación de 24.04.2000, de Sr. René Espinoza Masferrer, por Radio Supersol. 4) Instrucciones N° 00/Nam 1-Pr, de 17.04.2000, de Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos.

FUENTES:

Código del Trabajo, arts. 41, y 1º, inciso 1º, transitorio. Ley 17.322, art. 3º, inciso 2º.

CONCORDANCIAS:

Dictámenes Ords. Nºs 1650/58, de 15.03.88, y 3160/115, de 28.04.87.

SANTIAGO, 26 DE FEBRERO DEL 2002

DE :

DIRECTORA DEL TRABAJO

A :

SEÑOR OSCAR RENE ESPINOZA MASFERRER

RADIO SUPERSOL

RAMIREZ Nº 959 DEPTO. 44

O S O R N O/

Mediante presentación del Antecedente 3) impugna instrucciones Nº 00/Nam 1-Pr, de Fiscalizador Nelson Arteaga Montesinos, que ordenan a empresa Radio Supersol pago de cotizaciones por bono de colación y por bono de movilización en lo que excede lo razonable.

Se fundamenta impugnación en que ambos bonos se ajustan a la realidad y son otorgados para cubrir gastos de colación y transporte del personal, no sobrepasando el 50% de la remuneración, que sería lo razonable. Se cita el caso del trabajador Francisco Reyes Medina, que percibe por ambos bonos $120.000.-, por tener que viajar de Osorno a Puerto Montt dos veces a la semana, lo que justifica el monto del bono por los gastos de alimentación y movilización en que debe incurrir.

Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

El artículo 1º transitorio, inciso 1º, del Código del Trabajo, dispone:

"Las disposiciones de este Código no alteran las normas y regímenes generales o especiales de carácter previsional. Sin embargo, tanto en aquéllas como en éstas regirá plenamente la definición de remuneración

contenida en el artículo 41 de este Código".

Por su parte, el artículo 41 del Código, señala:

"Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las...

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