ORD. Nº 5251/354 13 de Diciembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239844946

ORD. Nº 5251/354 13 de Diciembre de 2000

Fecha Disposición13 de Diciembre de 2000

ORD. Nº 5251/354

MAT.:

Licencia Médica. Facultades del Empleador.

RDIC.:

El propio empleador puede adoptar medidas para verificar el adecuado ejercicio del derecho a licencia médica de sus trabajadores, como ordenar visitas domiciliarias, y denunciar cualquier irregularidad al Servicio de Salud o Isapre que corresponda, sin perjuicio de las medidas de carácter laboral que los hechos le ameriten, como también las reclamaciones formales que pueda deducir en relación al otorgamiento de la licencia, aspectos respecto de los cuales esta Dirección del Trabajo carece de competencia legal.

ANT.:

1) Pase Nº 1595, de 06.07.2000, de Sra. Directora del Trabajo.

2) Presentación de 03.07.2000, de Sra. Andrea Rosas Bernal por Isapre Master Salud S.A.

FUENTES:

D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Tramitación de Licencias Médicas, artículos 11, incisos 1º y 2º; 13, inciso 3º; 39; 40; 50; 51; 56, y 64.

CONCORDANCIAS:

Dictamen Nº 617/35, de 06.02.97.

SANTIAGO, 13 DE DICIEMBRE DEL 2000

DE :

DIRECTORA DEL TRABAJO

A :

SRA. ANDREA ROSAS BERNAL

ISAPRE MASTER SALUD S.A.

HUELEN Nº 304

PROVIDENCIA

/

Mediante presentación del antecedente 2), pone en conocimiento de esta Dirección ciertas irregularidades que se habrían cometido con motivo de sucesivas licencias médicas de 18 trabajadores del área de ventas de Isapre Master Salud S.A., supuestamente afectados de depresión, que no corresponderían a incapacidades reales y significarían un abuso de derecho del trabajador, como de los facultativos que las han emitido.

Se agrega, como ejemplo, que una de las licencias, que ordena reposo absoluto en casa de la trabajadora, no fue impedimento para que concurriera a la empresa a departir con otras trabajadoras, lo que llevó a que no se le recepcionara su licencia, la que será presentada por la trabajadora en la Inspección del Trabajo para su tramitación, por lo que expone estos antecedentes para una mejor evaluación de la procedencia de esta licencia.

Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

En relación con la primera parte de la presentación, acerca de irregularidades que se habrían cometido con motivo de la emisión de licencias médicas, el artículo 51, del D.S. Nº 3, DE 1984, del Ministerio de Salud, o Reglamento sobre Tramitación de Licencias Médicas, dispone:

"El empleador deberá adoptar las medidas destinadas a controlar el debido cumplimiento de la licencia de que hagan uso sus trabajadores. Del mismo modo, el empleador deberá respetar rigurosamente el reposo médico de que hagan uso sus dependientes, prohibiéndoles que realicen cualquier labor durante su vigencia. Igualmente deberá procurar el cambio de las condiciones laborales del trabajador en la forma que determine la Comisión de...

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