ORD. Nº1481/014 8 de Abril de 2013. Estatuto Docente. Proyectos de Integración. Normativa aplicable. Profesores de educación especial o diferencial. - Doctrina Administrativa - VLEX 431825438

ORD. Nº1481/014 8 de Abril de 2013. Estatuto Docente. Proyectos de Integración. Normativa aplicable. Profesores de educación especial o diferencial.

Fecha Disposición 8 de Abril de 2013
MateriaEstatuto Docente. Proyectos de Integración. Normativa aplicable. Profesores de educación especial o diferencial.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K.876(170)/2013

1350(265)2013

ORD.: Nº 1481 / 014 /

MAT.: Estatuto Docente. Proyectos de Integración. Normativa aplicable. Profesores de educación especial o diferencial.

RDIC.: Los profesores de educación especial o diferencial de los establecimientos educacionales dependientes de la Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca, que cumplen labores de apoyo al profesor jefe en los proyectos de integración escolar, tanto en el aula regular como en el aula de recursos, se encuentran regidos en sus relaciones laborales con dicha entidad por las normas del Estatuto Docente, siéndoles, por ende, aplicables las normas que dicho cuerpo legal contempla en materia remuneracional y beneficio del feriado.

ANT.: 1) Acta de comparecencia de 06.03.2013, de Sra. María Isabel Galarce Millones.

2) Pases Nº226, de 05.02.2013 y Nº148, de 24.01.2013, ambos de Jefa de Gabinete de Sra. Directora del Trabajo.

3) Prov.CS Nº0191 de 31.01.2013, de Jefe de Gabinete de Sra. Ministra del Trabajo y Previsión Social.

4) Presentaciones de 22.01.2013, de Sra. María Isabel Galarce Millones.

SANTIAGO, 08.ABRIL.2013

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO (S)

A : SRA. MARÍA ISABEL GALARCE MILLONES

Mediante presentación del antecedente 4), ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento acerca de si los profesores de educación especial o diferencial de los establecimientos educacionales dependientes de la Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca que cumplen labores de apoyo al profesor jefe en los proyectos de integración escolar, tanto en el aula regular como en el aula de recursos, se encuentran regidos en sus relaciones laborales con dicha entidad por las normas del Estatuto Docente y, por ende, si le son aplicables las normas que dicho cuerpo legal contempla en materia remuneracional y beneficio del feriado.

Al respecto, cumplo en informar a Ud. lo siguiente:

Revisada la Ley Nº19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad, en especial el Capítulo II del Título IV, relativo al acceso a la educación, como asimismo, el Decreto Nº1 del Ministerio de Educación, de 1998, que reglamenta el referido Capítulo II, cabe señalar que dichos cuerpos legal y reglamentario no contemplan disposición alguna que señale el régimen de contratación a que debe someterse el personal que se incorpora a un establecimiento educacional para realizar dichas labores de apoyo ligadas a los proyectos de...

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