Sentencia de Tribunal de Los Rios, 12 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 512882882

Sentencia de Tribunal de Los Rios, 12 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2013
EmisorTribunal de Los Rios
RucGS-11-00022-2013
RIT13-9-0000511-8
ProcedimientoProcedimiento General Para la Aplicación de Sanciones
EstatusFallada

V., doce de agosto de dos mil trece.

VISTOS: A fojas dos y siguientes rola Acta de Denuncia N° 4, de fecha 8 de mayo de 2013, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia en contra de don G.G.O., R. 4.724.729-2, con giro en Servicios de Saneamiento y Transporte, por haber incurrido en las infracciones previstas en el artículo 974 inciso y del Código Tributario, consistentes en la presentación de declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (en adelante, IVA) e Impuestos a la Renta maliciosamente falsas, maniobras a través de las cuales habría incrementado indebidamente su crédito fiscal y gastos, respectivamente. En la mencionada Acta de Denuncia, se consigna que para el análisis del caso se tuvo a la vista Informe N° 1, de fecha 13.03.2013, suscrito por el fiscalizador señor F.L.C.; Cuaderno de Antecedentes de 169 fojas, cuatro Libros de Compraventa timbrados con fecha 15.12.2005, 13.12.2007, 28.10.2009 y 22.02.2011; e, Informes N°196 de fecha 02.04.2013 y N°274 de fecha 07.05.2013, ambos suscritos por el funcionario fiscalizador, señor F.L.C.. El Acta señala que en auditoría realizada se detectó que el denunciado realizó diversas maniobras tendientes a rebajar su carga tributaria. Primero, habría presentado declaraciones de IVA maliciosamente falsas. La falsedad de estas declaraciones se originaría en la contabilización de 27 facturas ideológicamente falsas, lo que habría llevado a la declaración de créditos fiscales superiores a los que correspondía, rebajando la carga tributaria por concepto de IVA. Segundo, en los Años Tributarios 2008 al 2012, presentó declaraciones de Impuesto a la Renta maliciosamente falsas. La falsedad de estas declaraciones radicaría en que utilizando facturas falsas, aumentó maliciosamente sus gastos, disminuyendo su carga tributaria por concepto de Impuesto a la Renta. Se agrega que, atendido los plazos de prescripción legal, el acta se levanta sólo por las facturas y los períodos mensuales y anuales que pasa a detallar

Antecedentes de falsedad de los documentos. Respecto de las facturas N°001515 y N°001558, del proveedor É.G.S.G.. Este proveedor presenta un comportamiento tributario irregular, registrando una serie de anotaciones negativas, entre las cuales se encuentran cuatro por causal 42, por otras tantas notificaciones a las que no dio cumplimiento; una por causal 52, preventiva de Jefe de Departamento, porque participaría en una red de tráfico de facturas; una por causal 53, por facturas observadas, atendido que otros contribuyentes señalan haberle comprado sus facturas; y, una por causal 5506, por ingreso a la nómina de contribuyentes de difícil fiscalización de maderas. A lo anterior se suma que dio aviso de pérdida de sus facturas de ventas con posterioridad a una notificación y registra una deuda, en estado de cobranza, por la suma de $101.275.696. El señor G.G.O., en declaración jurada, señaló no haber realizado ningún tipo de operaciones comerciales con el señor É.S.G., agregando que le compró las facturas a la contadora M.S.G., quien las escribió, pagándole el 50% del valor del IVA indicado en cada factura. Posteriormente, en declaración jurada prestada de fecha 12.03.13, indicó, respecto las facturas de mismo proveedor N°1370, 01373 y 001394, que las compró a la contadora doña M.S.G., pagándole el 50% del IVA indicado en cada una de las facturas, reiterando que no son operaciones reales y que se inventaron para rebajar IVA y pagar menos impuestos. Se agrega que existen otros Informes de Recopilación de Antecedentes seguidos en contra de otros contribuyentes, quienes declararon bajo juramento haber comprado, registrado y utilizado facturas con membrete de É.S.G., detallando los casos relativos a los contribuyentes señores A.I.A.O., D.M.A. y O.P.T.. D.J.G.O.M., Rut.15.849.888-k, prestó declaración jurada, oportunidad en la que señaló haber trabajado como ayudante de contador para don E.L.S. y de doña M.S.G., con contrato desde enero de

2005 a octubre de 2011, y que tanto el señor E.L.S. como la señora M.S., vendían facturas de sus clientes, cobrando el 50% del valor de IVA escrito en esas facturas. Entre estas facturas se encuentran las del señor É.S.G.. Respecto a la factura N°000155, de la proveedora A.R.Á.L.. Aunque la factura no fue aportada por el denunciado y que sólo figura en el folio 23 del Libro de Compras y Ventas, es igualmente falsa en base a los antecedentes que expone. La supuesta proveedora registra diversas anotaciones que dan cuenta de un comportamiento tributario irregular: Causal 42, por no dar cumplimiento a notificación; causal 45, dado que cambió de domicilio a lugar en el que no fue habida; otra por causal 45, por no ser ubicada nuevamente; y, causal 53, porque su cónyuge, señor R.P.A., declaró que vendió facturas con su membrete. El denunciado, en Declaración Jurada del 28.08.12, señaló en relación a la Factura N°148 de 31.12.10, que se trató de una operación irreal, que nunca le arrendaron ese camión, la factura la compró y pagó a la señora M.S., pagándole el 50% del IVA escrito en la factura. Luego, en Declaración Jurada de fecha 12.03.13, señaló sobre la Factura N°155 de 31.01.11, que no fue aportada materialmente pero sí está registrada en el Libro de Compraventa, que no se acordaba de qué se trataba esta factura, pero que seguramente se trataba de otra operación que se inventó para rebajar IVA. Posteriormente, el señor R.P.A., en declaración jurada de fecha 27.12.11, declaró haber vendido facturas con membrete a nombre de su esposa A.Á.L. a los contribuyentes D.M.A. y a R.B.M., y que las operaciones consignadas en esas facturas nunca se realizaron. Agrega que existen otros contribuyentes que declararon bajo juramento haber comprado, registrado y utilizado facturas con membrete a nombre de R.Á.L., detallando los casos relativos J.T.C. y D.M.A.,

En relación a las facturas N° 000102, 000116 y 000144, de la proveedora N.T.A.. La supuesta proveedora, no obstante aparecer facturando por traslados, no registra vehículos motorizados a su nombre. Lo anterior consta de memorándum N°880 de fecha 13.04.12 del Registro Civil e Identificación de Panguipulli, El señor G.G.O., en declaración jurada del 28.08.12, expuso que estas facturas eran falsas, que las inventó con el señor G.V., pareja de doña N.T., quien le vendió el IVA de las facturas, pagándole el 50% del valor del IVA indicado en aquella. Posteriormente, en declaración del 12.03.2013, se refirió a la factura N°116 de 30.07.11, señalando que, al igual que las anteriores, no corresponde a una operación real, que fue inventada para rebajar IVA. Además, el señor G.V., en declaración jurada del 10.09.12, señaló respecto a las facturas con membrete a nombre de N.T., que ninguno de los viajes indicados se realizaron, que las facturas son falsas, que él recibió del señor Guarda el 50% del valor del IVA de cada factura. Lo anterior, pese a que en declaración jurada de fecha 06.08.12, tomada a N.T.A., esta había declarado que no conocía al reclamante don G.G., que le había arrendado el camión aunque sin recordar en cuantas oportunidades. Con respecto a la factura N°000072, del proveedor F.E.B.P.. Señala que el proveedor tiene un comportamiento tributario irregular, lo que se desprende de anotaciones negativas que registra en el sistema SIIC, causal 42, por no dar cumplimiento a N.; y, causal 45, por no ser ubicado en su domicilio. Además, consta en memorándum de fecha 13.04.12 del Registro Civil e Identificación de Panguipulli, que este contribuyente no registra vehículos motorizados a su nombre. En declaración jurada del denunciado señor G.G. de fecha 28.08.12, expresó que esta factura es falsa, que le fue entregada y confeccionada por M.S.G., a quien canceló el 50% del valor de IVA que indicaba la factura, que el arriendo nunca se realizó, sólo lo inventaron para utilizar el IVA y pagar menos impuestos.

En cuanto a la factura N°000620, del proveedor O.H.V.O.. El proveedor tiene un comportamiento tributario irregular por lo que registra una anotación negativa en el sistema computacional del Servicio, Causal 42, por no dar cumplimiento a una Notificación. Tampoco dio cumplimiento a una notificación posterior que se detalla. De la verificación de sus declaraciones mensuales de IVA Formularios 29, se establece que se encuentran calzadas o balanceadas, es decir, declara un pago mínimo de IVA o con remanentes de crédito fiscal, demostrando no poseer capacidad financiera para realizar sus compras, considerando que declara un mínimo de margen de comercialización. Registra una deuda liquidada actualizada de $12.688.154, que se encuentra en etapa de cobranza y que se generó por reiterados giros de facturas emitidas y no declaradas, hecho que mes a mes se repite. Los contadores M.S. y E.L. concurrían a realizar timbrajes de facturas a este cliente y presentaban declaraciones rectificatorias de IVA, generando giros por los impuestos no declarados. La contadora de este supuesto emisor es doña M.S.G., que conjuntamente con el contador E.L., se encuentra en Recopilación de Antecedentes por facilitación de facturas de sus clientes. Ambos fueron quienes realizaron el timbraje de facturas. Como consta en el cuadro resumen de timbraje histórico de facturas, a contar del 17.07.09, le han timbrado 70 facturas, las cuales no han sido aportadas y se desconoce su utilización. Expresa que en otra Recopilación de Antecedentes, seguida a O.P.T., éste expuso en declaración jurada de fecha 25.01.12, que compró en la oficina contable de los contadores antes mencionados, facturas con membrete a nombre de O.V.O. que dan cuenta de operaciones ficticias. Lo mismo sucedió en auditoría realizada a J.T., en la que su padre reconoció la adquisición de tales documentos. El señor G.G.O., en declaración jurada del 28.08.12, respecto de la factura N° 620 de 21.03.11, señaló que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR