Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 6 de Agosto de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 537243198

Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 6 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2014
EmisorTribunal de Valparaiso
RucGS-14-00002-2014
RIT14-9-0000066-K
ProcedimientoProcedimiento General Para la Aplicación de Sanciones
EstatusFallada

SOCIEDAD AGRÍCOLA CAMPO SUR LIMITADA

RUT N° 76.327.480-2

Valparaíso, seis de agosto de dos mil catorce VISTO:

Que a fojas 1 y siguientes doña O.V.J., Directora Regional (S) del Servicio de Impuestos Internos, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, con domicilio en Melgarejo N° 669, quinto piso, ciudad de Valparaíso, remite Acta de Denuncia Nº 1, de 10 de enero de 2014 y antecedentes que indica, por haber incurrido la contribuyente SOCIEDAD AGRÍCOLA CAMPO SUR LIMITADA, RUT N° 76.327.480-2, representada indistintamente por C.M.J.E.A., R.N.° 10.415.910-9 y don Á.P.A.H., RUT N° 10.839.070-0, con Giro de cultivo de frutales en árboles o arbustos con ciclo de vida mayor a una temporada, con domicilio en Secundaria 762, Forestal, comuna de Viña del Mar, en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 974, incisos 1 y 2, del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:

  1. De la fiscalización y pesquisa de antecedentes efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, se detectó que la SOCIEDAD AGRÍCOLA CAMPO SUR LIMITADA, en el periodo comprendido entre diciembre de 2010 y enero de 2012, ambos inclusive, incorporó en su contabilidad tres facturas de tres supuestos proveedores que dan cuenta de operaciones inexistentes, con el objeto de aumentar el verdadero monto de sus créditos fiscales declarado en los respectivos formularios 29, pagando así un Impuesto a las Ventas y Servicios menor al que estaba legalmente obligada, imputándose de este modo la conducta reiterada de la infracción contemplada en el inciso 2 del artículo 97 N° 4 del Código Tributario; y también imputándose la infracción contemplada en el inciso 1 del artículo 97 N° 4, del mismo Código Tributario, al rebajar indebidamente su base imponible de Impuesto de Primera Categoría en los años tributarios 2011, 2012 y 2013, aumentando sus costos y/o gastos al incluir en ese concepto aquellos asociados a las facturas impugnadas, declarando un menor Impuesto a la Renta que el que le correspondía pagar y desfigurando el verdadero monto de las operaciones realizadas por ella.

  2. Las conductas que se le atribuyen a la denunciada son aquellas descritas y sancionadas en el artículo 974, inciso 1 y 2, del Código Tributario, por realizar maliciosamente diversas maniobras tendientes a Documento firmado electrÃ3nicamente por don/ña F.J.O.R., el 06-08-2014.

    Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente cÃ3digo de verificaciÃ3n ea07009c-d4f3-4114-858d-f6e24723637f 1

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    aumentar el verdadero monto de los créditos o imputaciones que tenía derecho a hacer valer, en relación con las cantidades que debía pagar, y también por rebajar indebidamente su base imponible de Impuesto de Primera Categoría.

  3. En cuanto a las circunstancias agravantes o atenuantes, la denunciante afirma que:

    1. Las conductas se cometieron reiteradamente en diversos períodos mensuales de los años comerciales 2010, 2011 y 2012, por lo tanto, corresponde aplicar lo dispuesto en el artículo 112 del Código Tributario para efecto de la determinación de la pena.

    2. En relación a lo dispuesto en el artículo 107 del Código Tributario, la infractora no ha sido sancionada previamente por infracciones semejantes o de la misma especie.

    3. Su experiencia en la actividad que desempeña desde el 18.08.2005, lleva a concluir que se tenía pleno conocimiento de las obligaciones tributarias infringidas, por lo que le afecta la agravante del artículo 107 del Código Tributario.

  4. Se atribuye a la denunciada su participación en los hechos de manera inmediata y directa en calidad de autora, realizando maliciosamente las conductas descritas en los incisos 1 y 2 del artículo 974 del Código Tributario.

  5. Finalmente, se denuncia que el perjuicio fiscal producido a consecuencia de las conductas imputadas asciende en su totalidad a la suma de $ 31.414.223.-

    Los antecedentes del proceso:

    A fojas 52, el Tribunal decreta Previo a Proveer.

    A fojas 54, la denunciante cumple lo ordenado a fojas 52, lo que se proveyó a fojas 55 y se ordena certificar si el inculpado ha formulado descargos dentro del plazo legal.

    A fojas 57, la denunciante solicita lo que indica, lo que se proveyó a fojas 59.

    A fojas 61, certificación de la Sra. Secretaria.

    A fojas 62, la denunciante solicita lo que indica, lo que se proveyó a fojas 63

    A fojas 63, se tiene por presentada acta denuncia de fojas 3 y siguientes y por acompañados los documentos.

    A fojas 65, certificación de custodia N°3-2014.

    A fojas 66, Autos para Fallo.

    Documento firmado electrÃ3nicamente por don/ña F.J.O.R., el 06-08-2014.

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    Los documentos siguientes:

    A fojas 1, Reservado N° 1 de 14.01.2014; a fojas 2, Resolución Exenta N° 1 de 09.01.2014; a fojas 3 a 7, Acta Denuncia N° 1, de 10.01.2014; a fojas 8, Notificación N°01; a fojas 9 a 12, Informe N°14/2014; a fojas 13, Declaración Jurada de C.M.J.E.A.; a fojas 14 a 15, Declaración Jurada de Á.P.A.H.; a fojas 16, solicitud de verificación de documentos tributarios; a fojas 17, declaración y pago simultáneo mensual; a fojas 18 y 19, factura N° 16.755 y su triplicado; a fojas 20, informe verificación de documentos; a fojas 21, F. 29; a fojas 22 a 24, copia Libro compras y ventas; a fojas 25, Declaración Jurada de S.I.C.M.; a fojas 26, fotocopia de factura N° 016755; a fojas 27, solicitud verificación de documentos tributarios; a fojas 28, F. 29; a fojas 29 a 31, factura N°05336 en original, triplicado y cuadruplicado; a fojas 32, informe verificación de documentos; a fojas 33, Declaración Jurada de L.F.E.V.; a fojas 34, fotocopia de factura N°005336; a fojas 35, copia libro ventas y servicios; a fojas 36, fotocopia de hoja de compras y servicios del mes de septiembre; a fojas 37, solicitud verificación de documentos tributarios; a fojas 38, formulario N°29; a fojas 39 a 41, factura N°0058 en original, triplicado y cuadruplicado; a fojas 42, informe verificación de documentos; a fojas 43, Declaración Jurada de P.A.N.A.; a fojas 44 a 46, copia Libro de Compras y Ventas; a fojas 47, fotocopia factura N°000058; a fojas 48 a 50, Declaración Anual de Renta Formulario 22; a fojas 51, ítem de archivo no...

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