Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 27 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 512892226

Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 27 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013
EmisorTribunal de Valparaiso
RucGS-14-00157-2013
RIT13-9-0001235-1
ProcedimientoProcedimiento General Para la Aplicación de Sanciones
EstatusFallada

ERICK E.B.T.R. 14.241.135-0

Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil trece

VISTO: Que a fojas 1 y siguientes doña É.M.L., Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, remite acta de Denuncia Nº 08, de 6 de junio de 2013, notificada por cédula en Parcela 9 El Bosque, comuna de Limache, por haber incurrido don ERICK EDUARDO BRANTE TOBAR, cédula nacional de identidad número 14.241.135-0, con giro de cultivo de porotos y hortalizas frescas y venta al por mayor de materias primas agrícolas, en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97, inciso final, del Código Tributario, consistente en ejecutar maliciosamente, en el período comprendido entre los años 2010 y 2011, la venta y/o facilitación de facturas a diversos contribuyentes, las que dan cuenta de operaciones inexistentes, en virtud de las siguientes consideraciones: De la pesquisa de antecedentes efectuada por la Unidad de Quillota, de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos, se detectó que don ERICK EDUARDO BRANTE TOBAR, entre los períodos de los años 2010 y 2011, vendió y/o facilitó 124 facturas a doce contribuyentes distintos, a cambio del pago de un porcentaje de IVA recargado en cada uno de los documentos materia de la denuncia. Se determinó en la denuncia que los contribuyentes a quienes el denunciado vendió y/o facilitó las facturas, habrían incorporado dichos documentos en su contabilidad pudiendo aumentar en forma irregular el crédito fiscal y en definitiva pagar un menor impuesto al valor agregado. Se señaló que en auditoría practicada a la contribuyente M.A.A.C., se detectó que los ejemplares originales de las facturas de venta emitidas a sus clientes consignaban montos superiores a los señalados en los ejemplares duplicados y por las cuales declaró en sus formularios 29 el débito fiscal en los períodos correspondientes. Citada la aludida contribuyente a las dependencias del Servicio para prestar Declaración Jurada acerca de los hechos investigados, con fecha 12 de junio de 2012, señaló que estuvo sin movimiento

comercial hasta febrero de 2009, cuando le entregó sus documentos a su marido don ERICK BRANTE TOBAR, el que comenzó a trabajar con su documentación, reconociendo que la letra con que se confeccionó la mayoría de los ejemplares original y duplicado de sus facturas de venta emitidas corresponde a la de su marido, agregando que habiéndole preguntado a éste por la diferencia existente entre los ejemplares de las facturas, él le habría indicado que “le habría pillado la máquina” y que lo había hecho para pagar menos IVA, afirmando la contribuyente no haber tenido conocimiento de los ilícitos que estaba realizando. En la misma Denuncia se indicó también que con fecha 20 de junio de 2012 se tomó Declaración Jurada a don E.E.B.T., quien reconoció su autoría en todos ilícitos denunciados explicando él hacía las facturas y cobraba el 6% y/o 8% sobre el neto del original, señalando que el duplicado lo adulteraba, le colocaba un valor menor y que M.A.C. no sabía del ilícito. Respecto a la factibilidad productiva y/o de compra de los productos que figura vendiendo el inculpado en los documentos cuestionados, se señaló en la misma Denuncia que gran cantidad de las verduras supuestamente vendidas no tenían respaldo en compras y/o en producción propia, lo cual dejaría en evidencia la venta de IVA con las facturas de M.A. y que en el caso del plástico supuestamente vendido, se denuncia que las facturas cuestionadas dieron cuenta de 684.400 kilos de plástico de desecho enajenados, que no tienen ningún respaldo en su adquisición, puesto que doña M.A. no tiene facturas de proveedores que avalen la compra de ese producto. En el acta de denuncia, además, se recopiló información acerca de los doce contribuyentes que incorporaron las facturas falsas a su contabilidad, lo que les habría permitido aumentar de forma improcedente el crédito fiscal, pagando un menor Impuesto al Valor Agregado, lo que fue también reconocido por E.B.T., en la referida Declaración Jurada. En la denuncia se señala que si bien el inculpado no ha sido sancionado previamente por infracción semejante o de la misma especie, se advierte que la conducta atribuida se comete reiteradamente, toda vez que se acredita la venta o facilitación de más de una factura y en distintos períodos tributarios y que la conducta desplegada por el inculpado habría sido realizada intencionalmente, toda vez que por haber sido contribuyente afecto al Impuesto al Valor Agregado con antelación, tiene pleno conocimiento de las consecuencias de su actuar, pese a lo cual procedió a vender y/o facilitar 124 facturas de su cónyuge a doce contribuyentes distintos, a cambio de un precio consistente en el 6% u 8% del valor neto de la factura respectiva, con el fin de pagar deudas que mantenía con estos últimos, lo que les habría permitido a éstas personas rebajar el Impuesto al Valor Agregado que debían enterar en arcas fiscales, agregando que con el fin de no ser descubierto en su actuación, alteraba los duplicados de las facturas que quedaban en su poder, consignando montos más

bajos, determinando de esta forma un débito fiscal inferior, el que incorporaba a los Libros de Venta y declaraba en los Formularios 29 de su cónyuge. Los antecedentes del proceso: A fojas 389, resolución que ordena certificar si el inculpado ha formulado descargos dentro del plazo legal. A fojas 391 certificación en la que consta que no se formularon descargos dentro del plazo legal. A fojas 392, escrito Téngase Presente, el cual se proveyó a fojas 394. A fojas 396 se trajeron los Autos para Fallo. Los documentos siguientes: A fojas 1, Reservado N° 11; a fojas 2, Resolución Ex. N° 8 de 05.06.2013; a fojas 3 a 18, Acta Denuncia N° 8 de 06.06.2013; a fojas 19, Notificación por cédula 4631; a fojas 20 a 21, Índice Cuaderno de Antecedentes; a fojas 22 a 31, Declaración Jurada de M.A.A.C.; a fojas 32, copia simple de información del SIIC; a fojas 33 a 43, Declaración Jurada de don E.E.B.T.; a fojas 44, fotocopia de cédula nacional de identidad de E.E.B.T.; a fojas 45, hoja con información del contribuyente E.E.B.T.; a fojas 46, copia simple extraída del SIIC con información del R. 7.374.821-6; a fojas 47, copia de notificación N° 571475; a fojas 48 a 50, copia de las facturas 252, 254 y 258; a fojas 51, copia simple de hoja de libro de compras y servicios junio 2010; a fojas 52 a 55, copia simple de las facturas 259, 261, 264, 266, todas original cliente; a fojas 56, copia simple de hoja de libro de compras y servicios julio 2010; a fojas 57 a 61, copia simple de las facturas 268, 272, 276, 278 y 279, todas original cliente; a fojas 62, copia simple de hoja de libro de compras y servicios agosto; a fojas 63 a 67, copia simple de las facturas 281, 282, 283, 285 y 286, todas original cliente; a fojas 68, copia simple de hoja de libro de compras y servicios septiembre 2010; a fojas 69 copia simple de la factura 296 original cliente; a fojas 70, copia simple de hoja de libro de compras y servicios octubre 2010; a fojas 71, copia simple de la factura 299 original cliente; a fojas 72, copia simple de hoja de libro de compras y servicios noviembre 2010; a fojas 73, copia simple de la factura 368 original cliente; a fojas 74, copia simple de hoja de libro de compras y servicios enero 2011; a fojas 75, copia simple de la factura 371, original cliente; a fojas 76, copia simple de hoja de libro de compras y servicios diciembre 2010; a fojas 77 a 88, copia simple de las facturas 432, 434, 437, 440, 451, 454, 457, 476, 479, 482, 485, 502, todas original cliente; a fojas 89 a 92, copia simple de hojas de libro de compras y servicios marzo, febrero, abril y mayo 2011; a fojas 93 a 100, copia simple de las facturas 505, 508, 532, 535, 548, 555, 560 y 564, todas original cliente; a fojas 101, copia simple de hoja de libro de compras y servicios junio 2011; a fojas 102 a 103 copia simple de las facturas 568 y 572, todas original cliente; a fojas 104, copia simple de hoja de libro de compras y servicios julio 2011; a fojas 105, copia simple de la factura 579; a fojas 106 copia simple de hoja de libro de compras y servicios agosto 2011; a fojas 107 y 108, copia simple letra de

cambio 1 de fecha 15 de noviembre del 2009; a fojas 109 a 119, copias simples de cheques girados de la cuenta corriente de S.V.R.; a fojas 120 a 132, copias autorizadas del Formulario 29 de S.V.R.; a fojas 133, hoja información de contribuyente S.V.R. extraída del sistema SIIC; a fojas 134 a 137, Declaración Jurada de don S.R.V.R., más anexos; a fojas 138, notificación N°571471; a fojas 139 y 140, copias simples de las facturas 408 y 412 original cliente; a fojas 141, copia simple de hoja de libro de compras y servicios diciembre; a fojas 142 y 143, copia simple de las facturas 453 y 475 original cliente; a fojas 144, copia simple de hoja de libro de compras y servicios enero; a fojas 145, copia simple de la factura 484 original cliente; a fojas 146, copia simple de hoja de libro de compras y servicios febrero; a fojas 147, copia simple de la factura 492 original cliente; a fojas 148, copia simple de hoja de libro de compras y servicios marzo, a fojas 149, copia simple de la factura 513 original cliente; a fojas 150, copia simple de hoja de libro de compras y servicios abril; a...

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