Sentencia de Tribunal de Los Rios, 21 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 512877146

Sentencia de Tribunal de Los Rios, 21 de Junio de 2013

Fecha de Resolución21 de Junio de 2013
EmisorTribunal de Los Rios
RucAB-11-00023-2013
RIT13-9-0000509-6
ProcedimientoProcedimiento de Reclamo de Los Avalúos de Bbrr
EstatusFallada

V., veintiuno de junio de dos mil trece.

VISTOS: A fojas uno, comparece don HENDRIK VAN NIEVELT NICOREANU, R. 4.013.476-K, con domicilio en Uno Oriente N° 375 Viña del Mar. Expresa que, viene en solicitar se tenga a bien reconsiderar el avalúo del Rol N°149-17, que corresponde a una parcela del C. el Mirador en la localidad de Futrono, el que fue determinado por aplicación de la Leyes N°17.235, 20.455 y 20.650, relacionadas con el reavalúo de bienes no agrícolas y no habitacionales. Funda su petición en cinco razones. En primer lugar, expone que la propiedad bien raíz no agrícola, se encuentra en un área rural, que fue loteado y dividido. El Servicio de Impuestos Internos, asignó los números de los respectivos roles con fecha 28 de marzo de 2002. En segundo lugar, el reavalúo vigente, habría aumentado excepcionalmente o por una razón desconocida más allá del 25%. Dicho monto no concuerda con el valor real con el que está vendiendo actualmente la Inmobiliaria el Mirador. En tercer lugar, el avalúo del inmueble de autos año 2013, fue reajustado al valor de $46.619.955, siendo que su avalúo año 2012 era de $34.507.518. Su valor comercial a la fecha es de 1.350 UF, considerando el valor de la UF al 30 de abril de 2013 es de $22.040,02 y el valor comercial es de $30.969.027. En consecuencia, el valor fiscal es superior en un 50,53% al valor comercial. En cuarto lugar, sostiene que la propiedad se encuentra ubicada muy lejos del lago, considerando que todas las propiedades cercanas al lago tienen un valor comercial y fiscal superior. En quinto lugar, señala que en la misma situación se encuentran los Roles N° 149-26; 149-24; 149-25, y 149-16. Indica que adjunta a su presentación, fotocopias de carta Informe SII, reavalúo año 2013, plano ubicación lotes C. el Mirador, certificado del SII de asignación números de roles, lista de precios de ventas de lotes de Inmobiliaria, certificado de avalúo SII año 2012 y solicitud SII de modificación al catastro de bienes raíces F-2118. Finalmente, solicita, en mérito de lo expuesto, que se tenga a bien reconsiderar el reavalúo de los roles mencionados.

DILIGENCIAS DEL PROCESO A fojas 8 y siguiente, se tiene por interpuesto el reclamo y confiere traslado al Servicio de Impuestos Internos, tiene por acompañados los documentos que indica, apercibe al reclamante para que designe domicilio dentro del radio urbano de una localidad ubicada en alguna de las comunas de la Región de los Ríos, dentro del plazo de cinco días bajo apercibimiento que indica. A fojas 10 y siguiente, comparece la señora L.C.A., R. 6.761.772-K, Directora Regional de la XVII Dirección Regional Valdivia del Servicio de Impuestos Internos, con domicilio para estos efectos en San Carlos N°50 de Valdivia. Solicita se tenga presente que asume representación del Servicio, que se tenga por acreditada su personería, solicita aviso al correo electrónico que indica, y que se tenga presente patrocinio y poder. A fojas 12, se tiene presente la personería, se tiene por acreditada la personería, se accede a la solicitud de aviso, y se tiene presente patrocinio y poder. A fojas 14, se hace efectivo el apercibimiento de fojas 8, y se ordena notificar las resoluciones que se dicten en la causa en conformidad a lo establecido en el artículo 131 bis inciso primero del Código Tributario. A fojas 16 y siguientes, la parte reclamada, evacuando el traslado conferido del reclamo, solicitando su rechazo con costas, por los siguientes fundamentos. Antecedentes del acto administrativo impugnado y marco normativo. Señala, en primer lugar, que es conveniente recordar que los reavalúos generales de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas o de sitios no edificados, son los procesos mediante los cuales el Servicio de Impuestos Internos, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 17.235 sobre el Impuesto Territorial, determina la base imponible o avalúo fiscal para cada propiedad existente en las bases de datos catastrales para el pago del Impuesto Territorial. De tal forma, la propiedad Rol 149-17 de la comuna de Futrono se encuentra frente a un reavalúo general de bienes muebles no agrícolas y no destinados a la habitación.

Para el reavalúo de los bienes señalados acogidos a la Ley N°19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, que rige a contar del primer semestre del 2013, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 20.650, mediante Resolución Exenta SII N°132, del 31 de diciembre de 2012, se fijó los valores de terrenos, los coeficientes guías por manzana predial y los factores de ajuste a los valores unitarios de construcción por localización en áreas comerciales, cuando existan, los que se encuentran contenidos en los planos comunales de precios de terrenos, antecedentes que están disponibles para consulta y estudio en la página web del Servicio de Impuestos Internos, así como también en las respectivas direcciones regionales. Los planos de las comunas están sectorizados en Áreas Homogéneas, para cada una de las cuales se registra su...

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