Decisión nº C3-15, de Consejo de Transparencia de 13 de Enero de 2015
Fecha de Resolución | 13 de Enero de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Gestión y administración territorial (Urbanismo), Aseo y Ornato |
DECISIÓN AMPARO ROL C3-15
Entidad pública: Municipalidad de Chillán Viejo.
Requirente: Rodolfo Gazmuri Sánchez.
Ingreso Consejo: 29.12.2014.
En sesión ordinaria N° 584 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de enero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3-15.
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 29 de octubre de 2014, don Rodolfo Gazmuri Sánchez realizó una presentación ante la Municipalidad de Chillán Viejo, a través de la cual requirió copia de todos los antecedentes aportados para otorgar a la empresa constructora Quillinco Ltda. el permiso de construcción, especialmente en lo referente a las factibilidades sanitarias y las fechas de los permisos del proyecto habitacional denominado Santa Rita 1 y 2, el cual consiste en la construcción de 453 viviendas para familias vulnerables postulantes al subsidio habitacional DS 49.
2) Que, el 29 de diciembre de 2014, don Rodolfo Gazmuri Sánchez interpuso, a través de la Gobernación Provincial de Ñuble, amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Chillán Viejo, fundado en la falta de respuesta a su requerimiento.
1) Que, de acuerdo con lo que...
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