Decisión nº C439-14, de Consejo de Transparencia de 7 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544597318

Decisión nº C439-14, de Consejo de Transparencia de 7 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C439-14

Entidad pública: Subsecretaría de Salud Pública.

Requirente: Rodrigo Mora Ortega.

Ingreso Consejo: 03.03.2014.

En sesión ordinaria Nº 520 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de mayo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C439-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de enero de 2014, don Rodrigo Mora Ortega solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública un "listado de planes piloto aprobados por el Ministerio de Salud desde 2006 a la fecha, copia de la resolución que aprobó su origen y del documento o informe técnico que sirvió de base para la adopción de tal medida".

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 3 de marzo de 2014, don Rodrigo Mora Ortega dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud. Con posterioridad, el 10 de marzo siguiente, don Rodrigo Mora Ortega acompañó un contrato de cesión de derechos litigiosos, suscrito por instrumento privado ante Notario Público de la vigésima segunda Notaría de Santiago don Humberto Santelices Narducci, de igual fecha, en virtud del cual cedió sus derechos, cargas y prerrogativas en el actual procedimiento de acceso a la información a doña María José Poblete Gómez.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo...

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