Decisión nº C1956-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544588034

Decisión nº C1956-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMedio Ambiente

DECISIÓN AMPARO ROL C1956-13

Entidad pública: Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago

Requirente: Rodrigo Quijada Plubins

Ingreso Consejo: 11 de noviembre de 2013

En sesión ordinaria Nº 501 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de febrero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1956-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: De acuerdo a lo señalado en su amparo por don Rodrigo Quijada Plubins, con fecha 10 de agosto de 2013 solicitó al Ministerio del Medio Ambiente información relativa al proyecto de autopista Costanera Norte (Sistema Oriente- poniente), cuyo desglose es el siguiente:

i. Copia de los siguientes planes presentados por el titular del proyecto:

? "Plan de Compensación de Emisiones";

? "Plan de Monitoreo permanente del flujo vial", y

? Red de Monitoreo de Calidad del Aire en el área de influencia del proyecto, aprobado por el SESMA, que debía operar el titular.

ii. Copias del análisis y aprobaciones finales de los planes mencionados por parte del SESMA y la autoridad ambiental, exigidas por la resolución que autoriza el proyecto de autopista Costanera Norte (Sistema Oriente- poniente), Resolución Exenta Nº 335-A/98 del 10 de julio de 1998, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (COREMA RM).

iii. Copias de los informes de monitoreo de Calidad del Aire y monitoreo de Flujo Vehicular que el titular haya entregado a la autoridad ambiental hasta la fecha, para dar cumplimiento a las exigencias ambientales.

iv. Listado de compensaciones de emisiones efectuadas hasta la fecha para cumplir la Exigencia 14.4 de la citada Resolución Nº 335-A.

2) DERIVACIÓN Y RESPUESTA: De acuerdo a lo expresado por el Sr. Quijada Plubins en su amparo, el Ministerio del Medio Ambiente, junto con aseverar que no poseía la información requerida, procedió a derivar su solicitud al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, en adelante también SEA R.M., lo que se materializó a través de Oficio Nº 133.378, de 29 de agosto de 2013. El SEA R.M, a través de Carta RM Nº 2.128, de fecha 1° de octubre de 2013, respondió a dicho requerimiento de información poniendo a disposición del requirente, en formato digital, la siguiente información:

1.- Informe monitoreo calidad de aire.

2.- Ord. Nº 645 Conama RM-Pronunciamiento PCE Marzo 2005.

3.- Ord. Nº 2398 (sic) Conama RM-Pronunciamiento PCE agosto 2005.

4.- Ord. Nº 1092 Conama RM-Pronunciamiento PCE Abril 2005.

5.- Ord. Nº 35 Conama RM-Obs Desarrollo Metodológico del Cálculo de Emisiones- enero 2005.

6.- Informe Ambiental 2006.

7.- Informe Semestral Ambiental julio-diciembre 2006.

8.- CN-Informe Análisis de Compensación de Emisiones Nox julio 2006.

9.- Ord. Nº 1661 Cona RM-Obs Desarrollo Metod del Cálculo de Emisiones- mayo 2006.

10.- Ord. Nº 1762 Conama RM- Informe Procedimiento Monit Flujo Vial- junio 2007.

11.- Informe Semestral Ambiental enero – junio 2008.

Para obtener copia de los documentos citados el requirente debía pagar la suma de $500 correspondiente al valor del CD en el cual se le entregarían.

Junto a lo anterior, en la respuesta, el servicio le indicó al solicitante que en sus oficinas se encontraban los siguientes documentos para ser revisados, y, en caso de requerir copia de los mismos debía pagar los costos directos de reproducción:

a) Informe Monitoreo Calidad de Aire.

b) Informe Piloto enero 2002.

c) Informe Trimestral Nov, dic, enero 2002/2003.

d) Informe Trimestral febrero, marzo, abril 2003.

e) Informe Trimestral mayo, junio, julio 2003.

f) Informe Trimestral agosto, sept, octubre 2003.

g) Informe Trimestral agosto, sept, octubre 2004.

h) Informe Trimestral mayo, junio, julio 2005.

i) Informe Trimestral Nov, dic, enero 2004/2005

j) Informe Trimestral Febrero, marzo, abril 2005.

k) Informe Trimestral mayo, junio, julio 2005.

l) Informe Final septiembre 2005.

m) Auditoría Red de Monitoreo de Concesionaria Costanera Norte- CENMA marzo 2007.

3) AMPARO: El 11 de noviembre de 2013, don Rodrigo Quijada Plubins dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Servicio de Evaluación Ambiental, fundado en que la información entregada no correspondía a la solicitada.

4) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Mediante Oficio N° 4.849, de 20 de noviembre de 2013, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, se solicitó al reclamante que aclarase la fecha en que le fue entregado el CD al que alude la respuesta otorgada, acompañando copia del comprobante del pago del costo de reproducción, indicando la fecha en que se realizó dicho pago. Además, se solicitó que acompañase copia íntegra de la información proporcionada por el Servicio de Evaluación Ambiental en el referido CD. Mediante carta de fecha 29 de noviembre de 2013, el solicitante dio cumplimiento a lo requerido, adjuntando copia de la boleta por servicios de fotocopiado por la cual se acredita que la entrega de la información en los términos indicados en la citada Carta RM Nº 2128, se realizó el día 29 de octubre de 2013. Indicó, asimismo, que el SEA R.M. no le otorgó recibo por el pago de $500 correspondientes al CD en el cual se contenía parte de la información y cuya entrega se verificó el mismo día 29 de octubre.

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