Decisión nº C2234-13, de Consejo de Transparencia de 15 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544591638

Decisión nº C2234-13, de Consejo de Transparencia de 15 de Enero de 2014

Fecha de Resolución15 de Enero de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO ROL C2234-13

Entidad pública: Carabineros de Chile.

Requirente: Yarik Salazar Maureira.

Ingreso Consejo: 17.12.2013.

En sesión ordinaria N° 494 de su Consejo Directivo, celebrada el 15 de enero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2234-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 05 de noviembre de 2013, doña Anamaría Carmona Arredondo, en representación de doña Yarik Salazar Maureira, realizó una presentación a Carabineros de Chile, a través de la cual solicitó lo siguiente:

a) Copia íntegra y autentificada del sumario administrativo o pieza investigativa incoada en la Fiscalía administrativa de la Prefectura de Carabineros Santiago Norte, ello en virtud del reclamo interpuesto por su cónyuge Oliver Miranda Leiva, en contra del personal de esa Institución que realizó el allanamiento ilegal en su propiedad el 27 de octubre de 2013;

b) Copia de la supuesta orden de arresto que facultaba el supuesto allanamiento y descerrajamiento en contra de moradores de la propiedad, don Ricardo Salazar Maureira, Yarik Salazar Maureira, y Yelén Rojas Catalán;

c) Copia de la supuesta orden de arresto en contra de don Guillermo Hernán Salazar Navarrete y el domicilio en donde debió efectuarse, ya que no tiene domicilio en la comuna de Batuco, y además se indique el motivo del allanamiento en domicilio que no es su morada ni su residencia. Que se indique además cómo se obtuvo el domicilio en donde se realizó el allanamiento y descarrajamiento sin autorización alguna;

d) Copia de los últimos ingresos realizados en el biométrico de Carabineros en que consten las últimas averiguaciones de los tres últimos meses de las siguientes personas, en que además se indique el motivo de las averiguaciones: Ricardo...

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