Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 13 de Agosto de 2013 (Rol Nº 000532-2013) - Jurisprudencia - VLEX 494296154

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 13 de Agosto de 2013 (Rol Nº 000532-2013)

Presidente del tribunalAdministrativo
EmisorTribunal de Propiedad Industrial
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
Fecha13 Agosto 2013
Número de expediente973033

Santiago, trece de agosto de dos mil trece.-

VISTOS:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca denominativa “AUXILIA” por SERVICIO DE ASISTENCIA LIMITADA, para distinguir servicios de pre-pago de prestaciones de asistencia médica, paramédica y de accidentes, así como de asistencia en ruta;

servicios de seguro para los fines anteriormente señalados, especialmente seguros de viaje. Servicios financieros. Servicios de ahorro. Operaciones de cambio de divisas, clase 36; según limitación de cobertura indicada en escrito de fojas 7;

A fojas 14, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,

el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de fecha veintiséis de octubre del año dos mil doce, rechazó de oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e)

del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial;

Con lo relacionado y considerando,

  1. - Que, el rechazo se funda en que el signo solicitado es indicativo, de uso general en el comercio para designar cierta clase de productos, no presenta carácter distintivo o describe aquellos a que debe aplicarse;

  2. - Que, el signo pedido, “AUXILIA”, no corresponde a una expresión que resulta ser de uso general, indicativo y descriptivo de la destinación de los servicios que se pretenden amparar, sino que es más bien una expresión evocativa, que sin llegar a describir alude de una forma sutil a los servicios que se pretenden registrar;

  3. - Que, a mayor abundamiento, cabe considerar que el solicitante tiene registrada la misma denominación en clase 38, bajo el N° 989.126, para distinguir servicios de programas hablados, radiados y televisados. Servicios de...

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