Sentencia nº Rol 461 de Tribunal Constitucional, 24 de Noviembre de 2005
Fecha | 24 Noviembre 2005 |
Materia | Derecho Constitucional |
ROL Nº 461.11-005
PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA LEY DE TRIBUNALES DE FAMILIASantiago, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, por oficio Nº 5.939, de 14 de noviembre de 2005, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que introduce modificaciones a la aplicación de los procedimientos de la ley de Tribunales de Familia, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, Nº 1, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos 1°, letra a), y 2° del mismo;
Que, el artículo 93, Nº 1º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación;
Que, el artículo 77, incisos primero y segundo, de la Carta Fundamental señala:
Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.
La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva.
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Que las disposiciones del proyecto sometidas a control preventivo de constitucionalidad establecen:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.968:
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Sustitúyese el inciso segundo del artículo 7º por el siguiente:
Además, se deberá acreditar experiencia profesional idónea y formación especializada en materias de familia o de infancia de a lo menos dos semestres de duración, impartida por alguna universidad o instituto de reconocido prestigio que desarrollen docencia, capacitación o investigación en dichas materias.
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Artículo 2º.- Sustitúyense en el inciso tercero del artículo 5º del Código Orgánico de Tribunales, las...
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Sentencia nº Rol 5385-18 de Tribunal Constitucional, 14 de Noviembre de 2018
...418), así como en modificaciones legales posteriores que han conferido nuevas atribuciones a dicha judicatura (entre otras, STC Rol 408, 445, 461, 948, 1417, 1651, 1709 y 2786).V. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORMES A LA SÉPTIMO: Que las disposiciones conte......
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...418), así como en modificaciones legales posteriores que han conferido nuevas atribuciones a dicha judicatura (entre otras, STC Rol 408, 445, 461, 948, 1417, 1651, 1709 y 2786).V. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORMES A LA SÉPTIMO: Que las disposiciones conte......