Sentencia nº Rol 9 de Tribunal Constitucional, 26 de Noviembre de 1981 - Jurisprudencia - VLEX 58943091

Sentencia nº Rol 9 de Tribunal Constitucional, 26 de Noviembre de 1981

Fecha26 Noviembre 1981
MateriaDerecho Constitucional

ROL N° 9PROYECTO DE LEY QUE TRANSFIERE FUNCIONES RELATIVAS A CUENTAS NACIONALES Y RACIONALIZACION DE LA INVERSION PUBLICA.

Santiago, veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y uno.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

  1. Que la Honorable Junta de Gobierno ha enviado, para los efectos de lo dispuesto en el N° 1° del artículo 82 de la Constitución Política de la República, el proyecto de ley que "Transfiere funciones relativas a cuentas nacionales y racionalización de la inversión pública";

  2. Que corresponde a este Tribunal pronunciarse únicamente sobre la constitucionalidad de las normas de dicho proyecto que son propias de la ley orgánica constitucional relativa a la composición, organización, funciones y atribuciones del Banco Central, esto es, el artículo primero del referido proyecto que agrega los artículos 22 bis y 55 bis al Decreto Ley N° 1.078, de 1975, que contiene la Ley Orgánica del mencionado Banco *;

  3. Que el artículo primero del proyecto de ley de que se trata no contiene disposición contraria a la Constitución Política de la República.

Y, VISTO lo dispuesto en el artículo 97 y en el N° 1° y en el inciso tercero del artículo 82 de la Constitución Política, en relación con lo preceptuado en su disposición vigésima segunda transitoria y lo prescrito en los artículos 34 al 37 de la Ley N° 17.997, de 19 de mayo de 1981,

SE DECLARA: Que el artículo 1° del proyecto de ley remitido es constitucional.

Devuélvase el proyecto a la Honorable Junta de Gobierno, rubricado en cada una de sus hojas por el Secretario del Tribunal, oficiándose.

Regístrese, déjese fotocopia del proyecto y archívese.

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional integrado por su Presidente subrogante, don J.M.E.E., y por sus Ministros señores Enrique Correa Labra, E.O.E., E.V.S., J.P.I. y J.V.V.. -Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, don J.R.L.C..

La ley que asigna al Banco Central de Chile las funciones que indica de la Oficina de Planificación Nacional fue publicada en el Diario Oficial del día 27 de enero de 1982, bajo el N°18.104.

* El artículo a que se hace referencia en el acápite segundo de este fallo dispone:

"ARTICULO 1° Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto Ley N° 1.078, de 1975, Ley Orgánica del Banco Central de Chile:

  1. Agrégase el siguiente artículo 22 bis:

    "Artículo 22 bis. Corresponderá al Banco Central confeccionar las...

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