Sentencia nº Rol 6 de Tribunal Constitucional, 19 de Noviembre de 1981 - Jurisprudencia - VLEX 58943094

Sentencia nº Rol 6 de Tribunal Constitucional, 19 de Noviembre de 1981

Fecha19 Noviembre 1981
MateriaDerecho Constitucional

ROL N° 6

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 219 DEL CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES, SOBRE ABOGADOS INTEGRANTES DE LAS CORTES DE APELACIONES Y DE LA CORTE SUPREMASantiago, diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y uno.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

  1. Que la Honorable Junta de Gobierno, para los efectos de lo dispuesto en el N° 1 del artículo 82 de la Constitución Política de la República, ha enviado el proyecto de ley que modifica el artículo 219 del Código Orgánico de Tribunales, sobre abogados integrantes de las Cortes de Apelaciones y de la Corte Suprema;

  2. Que consta de autos que se ha oído previamente a la Corte Suprema, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política;

  3. Que el proyecto de ley referido no contiene disposición contraria a la Constitución Política de la República.

Y, VISTO lo dispuesto en el N° 1° y en el inciso tercero del artículo 82 de la Constitución, en relación con lo preceptuado en su disposición vigésima segunda transitoria,

SE DECLARA: Que el proyecto de ley remitido es constitucional.

Devuélvase el proyecto de que se trata a la Honorable Junta de Gobierno, rubricado en cada una de sus hojas por el Secretario del Tribunal, oficiándose.

Regístrese, déjese fotocopia del proyecto y archívese.

Rol N° 6.-Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional integrado por su Presidente subrogante, don J.M.E.E., y por sus Ministros señores Enrique Correa Labra, E.O.E., E.V.S., J.P.I. y J.V.V..

Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, don J.R.L.C..

La ley que modifica el artículo 219 del Código Orgánico de Tribunales fue publicada en el Diario Oficial del día 1° de...

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