Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 16 de Marzo de 2016 (Rol Nº 003244-2015) - Jurisprudencia - VLEX 641298741

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 16 de Marzo de 2016 (Rol Nº 003244-2015)

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2016

Santiago, dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia de primera instancia notificada con fecha siete de

agosto del año dos mil quince, eliminándose íntegramente los motivos

Segundo y Tercero de la parte considerativa, que se revisa en alzada,

Y, se tiene en su lugar presente,

PRIMERO

Que, en opinión de estos sentenciadores, existen semejanzas

gráficas y fonéticas entre el signo solicitado “UNOKAVI” y la marca oponente

KABI

, toda vez que la adición del sufijo “UNO” en el signo pedido no es

suficiente para otorgarle a éste la distintividad y diferenciación con la marca

oponente, pudiendo considerarse que el solicitado es una derivación del ya

registrado, por lo que de otorgarse la marca solicitada generará toda clase

de confusión, error y engaño acerca de la procedencia empresarial.

SEGUNDO

Que, por lo precedentemente expuesto, cabe estimar atendibles

los fundamentos del recurso de apelación interpuesto a fojas 27.

Por estas consideraciones y de acuerdo con lo previsto en los artículos 16,

17 bis B), 19 y 20 letras f) y h) de la Ley de Propiedad Industrial, 186 y

siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada

notificada con fecha siete de agosto del año dos mil quince, escrita a fojas

23 y siguientes de autos, declarándose en su lugar que se deniega el

registro solicitado.

D. constancia que procede la devolución al...

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