Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 24 de Noviembre de 2015 (Rol Nº 002365-2015) - Jurisprudencia - VLEX 641300105

Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 24 de Noviembre de 2015 (Rol Nº 002365-2015)

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2015

Santiago, veinticuatro de noviembre del año dos mil quince.

Vistos:

A fojas 1, se solicitó el registro de la marca mixta

PRESENCIA LOCAL

por Local S.A., para distinguir “servicios de asesoría a

empresas en el manejo de imágenes corporativas, relaciones públicas,

promociones, organización de eventos con fines comerciales o publicitarios,

organización de campañas de marketing; servicios de procesamiento de

información de bases de datos y sondeos de opinión y medición de

audiencia; servicios de relaciones públicas y servicios de asesoría en imagen

corporativa a empresas; servicios de posicionamiento de marcas; servicios

de comunicados de prensa; servicios de publicidad en prensa; consultoría

sobre publicidad en la prensa; servicios de desarrollo de imagen corporativa;

asistencia en la dirección de empresas comerciales o industriales; servicios

de información comercial y de negocios, gestión de negocios y

administración comercial

, de la clase 35 y “asesorías, consultas e

informaciones, por cualquier medio, en materia de comunicaciones;

agencias de prensa

, clase 38, según aclaración de fojas 5.

A fojas 18, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley

19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial

por resolución de fecha quince de mayo del año dos mil quince, rechazó de

oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y en las causales de

irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de

Propiedad Industrial, por el registro N° 754.935, correspondiente a la marcamixta “PRESSENCIA”, que distingue “venta de

servicios a través de internet

, de la clase 35 y “agencia de prensa” de la

clase 38, la que pertenece a J.I.F.N.; y en el registro

N° 779.593 marca “DE LOCAL” que distingue “gestión de negocios

comerciales y publicitarios

, de la clase 35 y “generación de contenidos para

medios de comunicación social, en todas sus plataformas. Realización de

programas de radio, televisión y plataforma interactiva de internet y digital

de la clase 38 y que pertenece a G.R.S..

Con lo relacionado y considerando,

PRIMERO

Que, el rechazo se funda en las semejanzas gráficas y fonéticas

determinantes de los signos, y las que se presten para inducir en confusión,

error o engaño respecto de la procedencia o cualidad de los servicios,

impidiendo su adecuada concurrencia mercantil.

SEGUNDO

Que, a juicio de estos...

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