Sentencia de Tribunal Arica y Parinacota, 17 de Marzo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 682121189

Sentencia de Tribunal Arica y Parinacota, 17 de Marzo de 2017

RucGS-01-00033-2016
Ric16-9-0001447-7
Fecha17 Marzo 2017

RUC N° 16-9-0001447-7. RIT N° GS-01-00033-2016.

En Arica, a diecisiete de marzo de dos mil diecisiete.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

PRIMERO

Que, el Servicio de Impuestos Internos (SII), con fecha 14 de diciembre de 2016, interpuso ante este Tribunal el Acta de Denuncia N° 2/2016 de 06 de diciembre de 2016, notificada con esa misma fecha a doña Y.Y.M.P.R.N.° 14.105.216-0, representante de ALQUILER DE MOBILIARIO Y CARPAS PARA E.Y.Y.M.P.E.I.R.L., RUT N° 76.354.355-4, con domicilio en Valle de Azapa Km. 2½, Parcela 12, comuna de Arica, por infracción tipificada y sancionada en el artículo 97, N° 4, Inciso , del Código Tributario, basado en los antecedentes de hecho y de derecho consignados en el documento y que se exponen a continuación.

Los hechos constitutivos de delito, según expresa el SII, se detectaron por auditoría realizada por éste y plasmada en el Informe N° 139, de fecha 10.04.2015, emitido por el Departamento de Fiscalización, XVIII Dirección Regional Arica, en el cual se logró determinar que la contribuyente ALQUILER DE MOBILIARIO Y CARPAS PARA E.Y.Y.M.P.E.I.R.L., RUT N° 76.354.355-2, representada legalmente por doña Y.Y.M.P., R.N.° 14.105.216-0, en los periodos de abril, mayo, julio, agosto y septiembre de 2014, declaró en los Formularios 29 sobre Declaración Mensual y Pago Simultaneo de Impuestos un crédito fiscal superior al que legalmente le correspondía, logrando de esta forma pagar un Impuesto al Valor Agregado inferior al que debía enterar en arcas fiscales, toda vez que respaldó dicho crédito en facturas materialmente falsas.

Todo lo anterior se ve reforzado por diversas declaraciones juradas registradas en el proceso de auditoría prestada por los supuestos contribuyentes en las cuales señalan desconocer la emisión de documentación tributaria a la contribuyente cuestionada

Señala que, en el caso concreto, la contribuyente ha incurrido en hechos que configuran el delito - según calificación del SII- previsto y sancionado en el artículo 974 inciso 2 del Código Tributario, normativa que sanciona conductas relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado. En este sentido, por medio de la auditoría realizada se logró detectar que la contribuyente disminuyó en forma indebida y reiterada las cargas de impuestos que legalmente debía enterar en arcas fiscales al registrar y declarar créditos fiscales contenidos en facturas falsas en los períodos abril, mayo, julio, agosto y septiembre de 2014. Todo lo anterior debido a que la actividad que realiza- prestaciones de servicio de alquiler de mobiliario para eventos- se encuentra gravado con dicho tributo. Las irregularidades incurridas por la contribuyente denunciada son las siguientes:

  1. En el libro auxiliar de compra timbrado con fecha 27.03.2014, que fue presentado por el contribuyente, se detectó el registro de facturas falsas. A continuación, se detalla el libro de compras y ventas presentado por la contribuyente:

    FECHA TIMBRAJE LIBRO DIRECCION REGIONAL PERIODOS REGISTRADOS PERIODOS DONDE SE ENCUENTRAN REGISTRADOS LAS FACTURAS FALSAS
    27.03.2014 Dirección Regional Arica Marzo a Diciembre 2014 Abril, mayo, julio , agosto, septiembre 2014
    RUC N° 16-9-0001447-7. RIT N° GS-01-00033-2016
  2. En el cuadro que sigue a este párrafo se detallan los periodos en que se registraron y declararon las facturas cuestionadas, y la cuantía total de crédito fiscal declarado ($5.002.880) y respaldado con estos documentos, porcentaje de crédito cuestionado respecto del total de crédito fiscal registrado y declarado por la contribuyente en el mismo período, como asimismo los folios de las declaraciones de los Formularios 29 sobre Declaración Mensual y Pago Simultaneo de Impuestos (IVA), del libro de compras donde se registraron dichas operaciones y determinación del costo de venta asociado a las facturas falsas :

    Período donde se registra y declaran las facturas falsas Declaración Form.29 %del Crédito Fiscal con Facturas Falsas Valores FACTURAS FALSAS o
    Follo Formulario 29 Total IVA Crédito Fiscal declarado Código 537 IVA CREDITO FISCAL ($) respaldado con facturas falsas Neto($) IVA TOTAL($) FOLIO LIBRO COMPRA
    Abril-14 5685851196 2 . 501.804 62.39% 1 . 560 . 840 8 . 214 . 945 1.560 . 840 9 . 775 . 785 03 8 .
    Mayo-14 5700938856 1.154.702 48.04% 554 . 800 2 . 920 . 000 554 . 800 3.474.800 04 2 .
    J. - 14 5737344956 1.496 . 083 62.80% 939 . 550 4.945.000 939.550 5.884.550 06 4 .
    Ago -1 4 5753722916 558 . 729 47.74% 266.760 1 . 404.000 266 . 760 1 . 670 . 760 07 1.40
    Sept- 14 5775034736 3.185 . 995 52.76% 1 . 680 . 930 8 . 847 . 000 1 . 680 . 930 10.527 . 930 08 8.84
    TOTALES 8.897.313 56.23% 5.002.880 TOTAL COSTO
    3. A continuación, se detallan las facturas cuestionadas que la contribuyente utilizó y declaró crédito fiscal para el cálculo del impuesto a las ventas y servicios, y los reparos por los cuales se les consideran falsas:
    PROVEEDOR 1 Transportes S.T. Limitada.
    R.N.° 76.452.940-5
    GIRO Obras Menores en Construcción, Ventas por Menor de Artículos de Ferretería y Materiales de Construcción, Transporte de Carga, Arriendo de Maquinaria relacionada con la Construcción, Demoliciones, Excavaciones y Movimiento de Tierra, Venta de Áridos.
    DOMICILIO Los Cerezos N°6151, Peñalolén - Santiago
    N• Factura Fecha Factura Neto($) IVA($) Total($) Follo Libro Compras Periodos de Registro Follo Form.29 Fojas Cuaderno de Antecedentes
    0005616 11 . 09 . 2014 2 . 246 . 000 426.816 2 . 673 . 816 08 Sept -14 5775034736 143
    Conforme a la información emanada de la base de datos del SIIC (Sistema de Información Integrada del Contribuyente) la factura N° 0005616 se encuentra dentro del rango autorizado de timbraje. No obstante lo anterior, según verificación realizada por la Dirección Regional Santiago Oriente, que da cuenta Ord N°23 de fecha 23.02.2015, el

    RUC N° 16-9-0001447-7. RIT N° GS-01-00033-2016.

    proveedor Transporte S.T. Limitada, R.N. 76.452.940-5, emitió la factura N° 5616 el 15.07.2014 a nombre de doña P.R.L., R.N.° 7.055.117-9, por valor neto de $240.000.-, IVA de $45.600.- y valor total de $285.600.

    Asimismo, en declaración jurada prestada con fecha 12.02.2015 ante el Departamento Pymipe de la XV Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos por la contadora de la empresa mencionada, doña M.M.R., R.N. 6.616.467-5, señaló que la Factura N° 0005616 que aparece emitida a nombre de Y.M.P.E., fue emitida realmente a doña P.R.L.R.N.° 7.055.117-9 con fecha 15.07.2014 por un IVA de $ 45.600; asimismo indica que la factura que aparece emitida a nombre de Y.M.P.E. no corresponde al formato utilizado por su representada, dado que tienen otro membrete como también otra disposición en el documento; además no corresponde a los giros informados por dicha sociedad; agrega no conocer a Y.M.P.E., ni haber tenido relaciones comerciales con ese supuesto cliente ya que su representada no tiene clientes en Arica.

    Conforme a lo expuesto y de acuerdo al Libro de Compras y Ventas del contribuyente Transportes Sergio Torres Limitada, la Factura N° 0005616 se encuentra registrada como emitida a P.R.L., por un monto total de $285.600, y declarada en el periodo julio de 2014.

    PROVEEDOR2 Sociedad de Inversiones Arlet Limitada
    RUTN° 76.221.024-K
    GIRO Comercializadora Frutas y Verduras, Materiales Construcción, Ferretería; Prendas Vestir, I.C.S.; Obras Menores, Transporte de Carga por Carretera; Personal de Seguridad y Eventos Reparación Mecánica, Telefonía, Motores y J..
    DOMICILIO : Teatinos N°371, Of 504, 5to Piso, Santiago
    RUC N° 16-9-0001447-7. RIT N° GS-01-00033-2016.
    N" DE FACTURA Fecha Factura Neto($) IVA($) TOTAL($) FOLIO LIBRO COMPRAS Períodos de Registro FOLIO FORM.29 Fojas Cuaderno de Antecedentes
    0001088 14 . 07.2014 2 . 100 . 000 399 . 000 2.499.000 06 Jul -14 5737344956 107
    0001135 04.09.2014 2.480 . 600 471.314 2.951.914 08 Sept-14 5775034736 110
    Conforme a la información emanada de la base de datos del SIIC (Sistema de Información Integrada del Contribuyente) las facturas de este proveedor también se encuentran dentro del rango de timbraje autorizado por el Servicio de Impuestos Internos; sin perjuicio de lo cual se solicitó verificación a la XIII Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro. De esta forma, el Informe de verificación individualizado con el N° 188 de fecha 12.12.2014, emitido por la fiscalizadora M.H.R. de la Dirección Regional antes individualizada, informa que las Facturas N°s 1088 y 1135 supuestamente emitidas por la Sociedad de Inversiones Arlet Limitada se encuentran timbradas y sin emitir por el contribuyente. Agrega el informe, que el representante legal de la sociedad, don A.M.J...

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