Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 7 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 682121537

Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 7 de Octubre de 2016

RucGR-14-00234-2015
Fecha07 Octubre 2016
Ric15-9-0001610-4
EmisorTribunal de Valparaiso (Chile)

R.S.L.R.N.° 10.996.137-K

Valparaíso, siete de octubre de dos mil dieciséis

VISTO :

Que a fojas 1 y siguientes compareció doña L.R.S., diseñadora gráfica, RUT N° 10.996.137-K, domiciliada en calle L.R.N., Cerro Alegre, ciudad de Valparaíso, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:

1. Indica que dirige su acción en contra de la Liquidación Nº 78, de fecha 20.08.2015.

2. Cuestiona la mencionada liquidación fundada en que, atendida graves razones de salud de su padre que significaban inminente grave riesgo de fallecimiento y prescripción médica de cambiar de ciudad y un estilo de vida más reposado, la familia se vio en la obligación de vender el inmueble de propiedad de sus padres ubicado en Maipú para tener dinero para los gastos que se requerirían y para comprar una nueva propiedad a nombre de su madre en una localidad diferente.

3. Agrega que, para esos efectos, la familia acordó que se traspasara dicha propiedad a su nombre, para que en su representación se procediera a administrar y vender el inmueble y obtener los dineros para los fines ya mencionados, venta que no habría sido real, sino que una simulación para lograr este objetivo, explicando que se desechó la posibilidad del mandato a su nombre y se optó por una venta simulada relativa lícita, ya que con ella no se afectó el derecho de ningún heredero ni tampoco hubo incremento patrimonial para la contribuyente.

4. En este contexto, señala que con fecha 07.02.2012, adquirió dicha propiedad en el monto de $18.000.000 y luego ésta misma se dio en arrendamiento, cuyas rentas eran recibidas por sus padres e inmediatamente, con fecha 18.01.2013, se procedió a la venta en la suma de $36.000.000.

5. Añade que dichos dineros fueron utilizados para pagar la mantención de su padre enfermo y para comprar un nuevo inmueble en Viña del Mar, con su madre como única dueña.

6. Finalmente, alega que en la especie concurrirían los elementos para desvirtuar la presunción de habitualidad aplicada por el Servicio de Impuestos Internos, ya que nunca ha ejercido la labor de compra y venta de bienes raíces, jamás ha

realizado actividad especulativa en inmuebles y sólo vendió la citada propiedad antes del año por mera ignorancia de la ley, lo que confirma su total desconocimiento de la norma ya que nunca ha tenido habitualidad en la actividad que se le imputa porque su actividad profesional es la de labores propias del diseño gráfico, la fotografía, las artes visuales en general y ahora, recientemente, un centro de vida saludable que engloba el conjunto de su trabajo.

7. Conforme todo lo anterior, pide dejar sin efecto la Liquidación reclamada.

Que a fojas 41 y siguientes, compareció la letrada doña C.R.M., en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, ambas domiciliadas en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, solicitando se niegue lugar al reclamo en atención a las siguientes consideraciones:

1. Luego de describir la fiscalización de autos, señala que la operación de compra y posterior venta del inmueble, se efectuó dentro del año conforme la presunción que establece el artículo 18, inciso 3, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no habiendo sido desvirtuada por la reclamante, ya que aparece clara e indubitadamente el ánimo o intención de la contribuyente al adquirir la propiedad, en cuanto a venderla en el más breve plazo, concretando una venta a precio de mercado en $36.000.000, de una propiedad que adquirió a un precio inferior al de mercado en $18.000.000, es decir, se vendió al doble de su costo de adquisición.

2. Añade que no es posible que las partes de un contrato supuestamente simulado puedan invocar la supuesta voluntad real en perjuicio de terceros de buena fe, considerando además que la gestión de venta de la reclamante por cuenta de sus padres bajo la figura de un contrato de compraventa simulado no resulta verosímil, ya que para tales fines existen formas jurídicas reguladas por la ley para ese propósito como es el otorgamiento de un contrato de mandato.

3. Conforme todo lo anterior, solicita se deseche el reclamo, con

costas.

Los Antecedentes del Proceso:

A fojas 38, se tiene por interpuesto el reclamo.

A fojas 40, escrito de la reclamada asumiendo representación, el que se proveyó a fojas 62.

A fojas 62, se tiene por contestado el reclamo.

A fojas 64, se recibe la causa a prueba.

A fojas 67, escrito de la parte reclamante interponiendo Recurso de Reposición, el que se proveyó a fojas 68.

A fojas 70, escrito de la parte reclamada interponiendo Recurso de

Reposición con Apelación en subsidio, el que se proveyó a fojas 71.

A fojas 73, escrito de la parte reclamada evacuando el traslado conferido a fojas 68, el que se proveyó a fojas 74.

A fojas 76, se resuelven derechamente los Recursos de Reposición de fojas 67 y 70.

A fojas 78, escrito Patrocinio y Poder de la parte reclamada, el que se proveyó a fojas 81.

A fojas 79, Lista de Testigos de la parte reclamada, el que se proveyó a

fojas 81.

a fojas 81.

A fojas 83, escrito de la parte reclamada interponiendo Recurso de Reposición, el que se proveyó a fojas 84.

A fojas 86, escrito de la parte reclamante acompañando documentos, solicitando absolución de posiciones, percepción documental y Oficio, el que se proveyó a fojas 142.

A fojas 144, escrito de la parte reclamante cumpliendo lo ordenado, el que se proveyó a fojas 148.

A fojas 145, escrito de la parte reclamante interponiendo Recurso de Reposición con Apelación en subsidio, el que se proveyó a fojas 148.

A fojas 147, escrito de la parte reclamada ratificando documentos, el que se proveyó a fojas 148.

A fojas 150, Acta de no comparecencia certificada por Ministro de fe.

A fojas 151, escrito de la parte reclamada haciendo uso de citación y observando documentos, el que se proveyó a fojas 153.

A fojas 152, Acta de no comparecencia...

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