Sentencia nº Rol 5459-18 de Tribunal Constitucional, 27 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 747920613

Sentencia nº Rol 5459-18 de Tribunal Constitucional, 27 de Noviembre de 2018

Fecha27 Noviembre 2018

Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que, a fojas 1, el Juzgado de Policía Local de D. ha promovido contienda de competencia entre dicho organismo y el Ministerio Público, en el marco del proceso que se sigue ante dicha judicatura bajo los autos infraccionales Rol N° 9.236-2018, RUC N° 1810024347-0;

SEGUNDO

Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta a la Segunda Sala de la contienda de competencia promovida, la que fue declarada admisible en resolución de 26 de octubre de 2018, a fojas 51, confiriendo traslado por diez días al Ministerio Público y disponiendo la suspensión del procedimiento seguido ante el aludido Juzgado de Policía Local;

TERCERO

Que, a fojas 56, con fecha 6 de noviembre de 2018, el señor Fiscal Nacional del Ministerio Público contesta el traslado conferido, solicitando que la contienda de competencia sea decidida ordenando que el Juzgado de Policía Local debe continuar con la investigación de los hechos señalados en los partes policiales rolantes en autos. A dicho respecto, hace presente que el caso basal tiene como antecedente un accidente de tránsito en que se causaron lesiones leves a una persona y daños a un vehículo, hecho en el que intervino el conductor de un camión sin contar con licencia profesional requerida por ley a tal efecto y, además, mantener su licencia suspendida por decisión judicial, vigente al momento de ocurrir el accidente.

Por lo anterior, fue remitido parte denuncia policial a la Fiscalía Local de Castro, respecto del ilícito de conducción sin obtener licencia respectiva y colisión con la enunciada consecuencia. Por su parte, el 7 de mayo de 2018 Carabineros remitió al Juzgado de Policía Local de Dalcahue otro parte relativo al mismo hecho, dando cuenta de lesiones leves en el hijo del conductor del vehículo menor involucrado, daños y conducción sin licencia. Así, el Juzgado de Policía Local se declaró incompetente dado que el parte remitido hacía referencia al delito de conducción sin contar con licencia debida.

Agrega que por el anotado delito se celebró audiencia en procedimiento simplificado ante el Juzgado de Garantía de Castro, aceptando el conductor imputado responsabilidad , siendo condenado por el tipo penal previsto en el artículo 194 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, resolución firme y ejecutoriada.

Así, agrega, respecto de los daños producidos en la colisión y las lesiones leves que habría sufrido el hijo del conductor del vehículo menor, al no configurar un ilícito de carácter penal, ni la Fiscalía ni el Juzgado de Garantía tienen facultades ni competencia para conocer de los mismos, más aun en un caso como este, en que Carabineros remitió dos partes distintos respecto del mismo hecho. En este escenario, le corresponde al Juez de Policía Local seguir conociendo y entrar a resolver según sus facultades, en relación a las figuras de lesiones leves y de daños en colisión, único escenario en que las víctimas de los daños y de las lesiones puedan ser resarcidas de los mismos o puedan encontrar una compensación si correspondiere.

Finaliza señalando que, de estimarse que la contienda existe, ésta debe ser dirimida decidiéndose que los hechos en cuanto al resultado de lesiones leves y daños en accidente del tránsito, deben ser conocidos por el Juzgado de Policía Local de Dalcahue, ya que el...

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