Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 23 de Septiembre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 820107021

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Tercero, 23 de Septiembre de 2019

Ruc15-9-0001489-6
Fecha23 Septiembre 2019
RicGR-17-00250-2015
EmisorTribunal R. Metropolitana. Tercero (Chile)

PA

CAMP LOHR con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE

RIT N°: GR-17-00250-2015.

RUC N°: 15-9-0001489-6.

En Providencia, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.

VISTOS.

El escrito de fecha 27.10.2015, mediante el cual doña M.G.C.L., RUT N°5.712.530-6, asesora en comercio exterior, domiciliada en calle Cerro Colorado N° 5030-213, comuna de Las Condes, deduce reclamo en contra de la Liquidación N°215000000663, de fecha 25.06.2015, notificada mediante carta certificada el 11.07.2015, emitida por la DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, representado legalmente por don C.S.T., Director Regional Santiago Oriente según Resolución TRA N° 246/1758/2015, de 30.10.2015, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina 1003, comuna de Providencia, Región Metropolitana.

R. en autos:

A fs. 1 a 38 , comprobante de distribución de causa; físico no escaneable; copia simple de la Liquidación N°215000000663, de fecha 25.06.2015, emitida por el SII; copia Pagos Provisionales puesto a disposición de los Socias o comuneros de Stanke Profesionales Asociados Ltda.; Certificado sobre H. y Participaciones o Asignaciones a D. pagos por Sociedades Anónimas, de fecha 01.04.2015, emitido por Banco Bice S.A.; Certificado Declaración Jurada Internet, de fecha

06.2015, emitido por el SII; solicitud y comprobante de Ingreso Petición Administrativa, denuncia no pago 10% retención Banco Bice; copia legalizada de escritura pública de Constitución Sociedad de Responsabilidad Limitada Stanke Profesionales Asociados Limitada, otorgado con fecha 14.07.1992, en la 19a Notaría

de don V.M.C.V., Repertorio N° 4.597; copia legalizada Diario Oficial de la República de Chile, de fecha 21.08.1992, en donde aparece extracto de Constitución de la Sociedad Stanke Profesionales Asociados Limitada; copia legalizada de Extracto de la Constitución de la Sociedad Stanke Profesionales Asociados Limitada, de fecha 12.08.1992, del Conservador de Bienes Raíces; presuma; escrito de reclamo; físico no escaneable; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; copia simple de Liquidación N°215000000663,

25.06.2015, emitida por el SII; copia de seguimiento en línea de Correos de Chile; sobre del SII, Operación Renta a nombre de doña M.G.C.L.; escrito de la parte reclamante de cumple lo ordenado y acompaña documentos; resolución del Tribunal que tiene por interpuesto el reclamo, confiere traslado y su correspondiente testimonio de notificación.

A fs. 39, Certificado emitido por el Sr. Secretario Titular del Tribunal de Custodia N° 109-2015, de Anillado caratulado Stanke Profesionales Asociados Limitada 2011(Copia), que contiene: B. General año 2011, L.M. y Libro Diario del año 2011.

A fs. 40 a 96 , Resolución de F., de fecha 17.12.2015, emitida por el SII; Resolución SIIPERS EXENTA N°19449, de fecha 18.12.2015, emitida por el SII; escrito de la reclamada en el cual asume representación, acompaña documento, solicita aviso por correo electrónico, se tenga presente y, confiere patrocinio y poder; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; copia Declaración Anual de Renta, F. 22 del contribuyente Stanke Profesionales Asociados Ltda. AT 2012; copia Declaración Anual de Renta, F. 22 del contribuyente C.L.M.G.A. 2012; copia de C.N.°122310514, de fecha 26.02.2015, emitida por el Servicio de Impuestos Internos; copia de Liquidación N° 215000000663, de fecha 25.06.2015, emitida por el SII; otro escrito de la reclamada en el cual contesta reclamo, medios de prueba, acompaña documentos, y solicita aviso por correo electrónico; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; escrito de la reclamante de solicita lo que indica, resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; Resolución TRA N°

246/1758/2015, de fecha 30.10.2015, escrito de la reclamada de asume representación, acompaña documento, solicita aviso por correo electrónico, se tenga presente, confiere patrocinio y poder y revoca patrocinio y poder; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; Res. N° 703-2017 UOC 1 L Santiago, de fecha

15.06.2017, emitida por la Tesorería General de la República; Acta de embargo

20.06.2017; Constancia de envió de carta certificada de la Tesorería General de la República; escrito dla reclamante de cumple lo ordenado y acompaña documento que indica; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; certificado de deuda de doña M.G.C.L., de fecha 25.07.2017, emitido por la Tesorería General de la República; Giro emitido por la Tesorería General de la República de fecha 26.07.2017 a nombre de doña M.G.C.L.; escrito de la parte reclamante de cumple lo ordenado y acompaña documento que indica; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; Oficio N° 216-2017, de fecha 14.09.2017, emitido por el Tribunal dirigido al Sr. Tesorero General, comprobantes de remisión a Correos de Chile; escrito de la parte reclamante de solicita lo que indica; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación; Oficio N° 185-2018, de fecha 07.09.2018, emitido por el Tribunal dirigido al Sr. Tesorero General, comprobantes de remisión a Correos de Chile; resolución del Tribunal que ordena dar curso progresivo a los autos y testimonio de su notificación.

A fs. 97 a 102, resolución del Tribunal que recibe la causa a prueba, testimonio de su notificación y comprobantes de remisión a Correos de Chile.

A fs. 103 a 106, escrito de la parte de la reclamada de delega poder; escrito de la reclamante de lista de testigos; resolución del Tribunal que los provee y testimonio de su notificación.

A fs. 107 a 114 , fotocopia de carta certificada; copia de resolución del Tribunal de fecha 30.04.2019 y seguimiento en línea de Correos de Chile; escrito de la parte reclamante en que interpone recurso de reposición y acompaña documentos; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación.

A fs. 115 a 121, C.N.° 122310514, de fecha 26.02.2015, emitida por el SII; copia de carta aviso N° 620124779, de fecha 17.12.2012, emitida por el SII; escrito de la reclamada de acompaña documentos y solicita aviso de notificación; acta de audiencia testimonial de fecha 30.05.2019, en la que se proveen los escritos anteriores.

A fs. 122 a 127, copia carta certificada de Tesorería General de la República a doña M.G.C.L.; copia de Res N° 1226 LC Santiago, de fecha

25.06.2019, de la Tesorería General de la República; copia de Acta de embargo, de fecha 22.06.2019; escrito de la reclamante de solicita lo que indica y acompaña documentos; resolución del Tribunal que lo provee y testimonio de su notificación.

A fs. 128 a 131 , Oficio N° 193-2018, de fecha 27.08.2019, emitido por el Tribunal dirigido al Sr. Tesorero Provincial de Las Condes, comprobantes de remisión a Correos de Chile.

A fs. 132 a 133, resolución del Tribunal de Autos para fallo y testimonio de su notificación.

Con lo relacionado y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que, doña M.G.C.L., presenta reclamo en contra de la Liquidación N° 215000000663, de fecha 25.06.2015, notificada mediante carta certificada el día 11.07.2015, emitida por la XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambos individualizados precedentemente, por concepto de Impuesto Global Complementario AT 2012, según consta en el cuerpo de la citada Liquidación.

SEGUNDO

Que, la actora solicita que se rechace la Liquidación N°215000000663, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, por los fundamentos de hecho y de derecho que expone como sigue:

  1. A.

  1. - Elementos de Hecho:

  2. - Indica que es socia de la sociedad Stanke Profesionales Asociados Limitada, R.: 78.262.860-7, la cual el año comercial 2011, le distribuyó como utilidad devengada la suma de $30.584.322.-

  3. - Agrega que, de conformidad a los dispuesto en los artículos 84 y siguientes de la Ley de la Renta y con el objeto de adelantar el pago de su impuesto anual como persona natural, realizó Pagos Provisionales Mensuales por la suma de $2.398.570.-, información que fue oportunamente entregada al ente fiscalizador mediante declaración 1837.

  4. - Indica que pese a la información proporcionada al Servicio, se le notificaron observaciones realizadas por éste respecto de su declaración de renta AT 2012, con la finalidad que acreditara los siguientes conceptos:

    a). - A63 Según antecedentes con los que cuenta el SII, el crédito puesto a disposición por la sociedad, en código (58), no guarda relación con las cantidades informadas por las sociedades a través de la declaración jurada 1837 y/o es inconsistente con el resultado líquido anual en Código (305)

    b). - G17 Según los antecedentes del SII, la participación que le corresponde en sociedades de Profesionales de Segunda Categoría no se encontraría declarada o bien, ha sido subdeclarada.

    Respecto de esta última señala que ésta no pudo ser aclarada en sede administrativa durante la fiscalización realizada, dado que el Banco BICE, que es cliente de la sociedad a la cual pertenece, no informó a tiempo las retenciones de

    segunda categoría, lo cual fue aclarado posteriormente por su contador, dejando a salvo esta observación por parte de la sociedad, pero no de parte de los socios de ésta.

  5. - Lo anterior motivó que el Servicio de Impuestos Internos procediera a emitir la Liquidación N° 215000000663, la que agrega a la base imponible del Global Complementario, de $ 30.584.322.-, la suma de $10.367.078-, por concepto de causal G17, determinando una nueva base de Global Complementario de $40.951.400.-, y determinando un nuevo impuesto Global Complementario, de $ 4.771.088.- más reajustes por $62.023.-, sumando $4.833.031.-, más reajustes por $516.250.- y más intereses por $3.049.090.-, sumando un...

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