Sentencia nº Rol 8803-20 de Tribunal Constitucional, 29 de Septiembre de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 849699578

Sentencia nº Rol 8803-20 de Tribunal Constitucional, 29 de Septiembre de 2020

Fecha29 Septiembre 2020

REPÚBLICA DE CHILE

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

____________

Sentencia

Rol 8803-2020

[29 de septiembre de 2020]

____________

REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADO POR SERVICIOS INTEGRADOS DE SALUD LIMITADA, RESPECTO DEL ARTÍCULO 294 BIS, DEL CÓDIGO DEL TRABAJO Y DEL ARTÍCULO 4º, INCISO PRIMERO, SEGUNDA ORACIÓN, DE LA LEY Nº 19.886, DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

SERVICIOS INTEGRADOS DE SALUD LIMITADA

EN LOS AUTOS CARATULADOS “SINDICATO N° 2 DE TRABAJADORES EMPRESA SERVICIOS INTEGRADOS DE SALUD LTDA. CON SABAJ”, RUC N° 18-4-0153552-3, RIT S-119-2018, SEGUIDOS ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, EN ACTUAL CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, POR RECURSOS DE NULIDAD, ROL N° 1243-2020 (LABORAL-COBRANZA).

VISTOS:

Que, con fecha 09 de junio de 2020, Servicios Integrados de Salud Limitada, representado convencionalmente por G.C.Z., ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 294 bis, del Código del Trabajo y del artículo 4º, inciso primero, segunda oración, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, para que surta efecto en los autos caratulados “Sindicato N° 2 de Trabajadores Empresa Servicios Integrados de Salud Ltda. con S., RUC N° 18-4-0153552-3, RIT S-119-2018, seguidos ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de S., en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de S., por recursos de nulidad, Rol N° 1243-2020 (Laboral-Cobranza).

Preceptos legales cuya aplicación se impugna:

El texto de los preceptos impugnado dispone:

Código del Trabajo

Artículo 294 bis. - La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras. Para este efecto, el tribunal enviará a la Dirección del Trabajo copia de los fallos respectivos.

Ley N° 19.886

Artículo 4°. - “Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. (…)”

Síntesis de la gestión pendiente y del conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal

A fojas 1, la requirente señala que el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de S., en sentencia definitiva de fecha 06 de abril de 2020, declaró que la empresa Servicios Integrados de Salud Limitada incurrió en actos constitutivos de prácticas desleales graves, vulnerando el derecho a la libertad sindical al proceder al reemplazo de trabajadores en huelga. Agrega que el fallo desestimó el otorgamiento de medidas sancionatorias, considerando que se han ordenado reparaciones suficientes para la demandante, en otros procesos que denuncian los mismos hechos. Refiere que se condenó en costas a la empresa denunciada y se ordenó la remisión de copia del fallo a la Dirección del Trabajo, para su registro.

Indica que en contra de esta sentencia se presentaron dos recursos de nulidad, uno por la requirente y otro por el demandante, tramitados ambos ante la Corte de Apelaciones de S., que se encuentran pendientes.

Como conflicto constitucional, la actora expone que las normas cuestionadas constituyen una sanción que pugna con la igualdad ante la ley y el principio de proporcionalidad, desde que su aplicación es absoluta, por el mero efecto de la ley, e indiscriminada, al establecer la misma sanción a cuestiones de apreciación jurídica, sea que constituyan o no hechos sucesivos y gravosos, constituyéndose en un castigo excesivamente gravoso y transgrede la garantía al debido proceso, en tanto se aplica de plano, sin que se posibilite a la empresa defenderse en un proceso previo legalmente tramitado.

Tramitación

El requerimiento fue acogido a trámite por la Primera Sala, con fecha 17 de junio de 2020, a fojas 146, disponiéndose la suspensión del procedimiento. Fue declarado admisible por resolución de la misma sala el día 01 de julio de 2020, a fojas 153.

  1. traslados de estilo, la requerida, Sindicato N° 2 de Trabajadores de Empresa Servicios Integrados de Salud Limitada, a fojas 316, solicita el rechazo del requerimiento. Indica que la aplicación de los preceptos impugnados no representa una vulneración a la igualdad ante la ley, toda vez que, en el caso concreto, se justifica, tanto cualitativa como cuantitativamente la aplicación regular de ambos preceptos.

Agrega que la sanción de inhabilidad para contratar con el Estado, opera en base a la potestad de que dispone el Estado administrador para definir por distintas consideraciones los candidatos o contratantes más idóneos.

Señala que la requirente ha sido condenada por la comisión de prácticas desleales graves, que quedaron acreditadas en el proceso previo legalmente tramitado ante el juez laboral, en donde se ha respetado plenamente el debido proceso, y que la actora no ha estado en indefensión. De hecho, enfatiza, ha tenido igualdad de armas, cumpliéndose a cabalidad el principio de bilateralidad de la audiencia y el resto de prerrogativas que implican la garantía contemplada en el artículo 19 N° 3 constitucional.

Vista de la causa y acuerdo

En Sesión de Pleno de 06 de agosto de 2020 se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública, y los alegatos de Wanira Arís Grande, por la parte requirente y de F.R.C., por la requerida. Se adoptó acuerdo con igual fecha, conforme fue certificado por el relator de la causa.

Y CONSIDERANDO:

  1. LOS PRECEPTOS IMPUGNADOS Y EL REQUERIMIENTO DEDUCIDO EN AUTOS.

PRIMERO

En estos autos constitucionales, se pretende la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 4°, inciso primero, segunda oración, de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

En virtud de aquella norma, quedan a priori excluidos de contratar con la Administración todos y sin distinción “quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador”.

Además, se impugna el artículo 294 bis del Código del Trabajo, conforme al cual “La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras. Para este efecto, el tribunal enviará a la Dirección del Trabajo copia de los fallos respectivos.”

SEGUNDO

Como ya ha tenido en vista este Tribunal, respecto de la primera norma impugnada, la Ley N° 19.886 “fue dictada el año 2003, insertándose en el conjunto de iniciativas encaminadas a afianzar el principio de probidad pública y, especialmente, a evitar que en las convocatorias o adjudicaciones se consideren factores ajenos al objeto o fines de los contratos administrativos de que en cada caso se trate, que pudieran menoscabar arbitrariamente las reglas sobre libre concurrencia e igualdad de los oferentes.

El texto original de dicha ley no contempló el impedimento absoluto ahora cuestionado. Éste fue incorporado posteriormente el año 2008 por la Ley N° 20.238, en el contexto de una moción parlamentaria orientada a reforzar los derechos laborales, de una manera distinta a como ello se ha venido asegurando en distintas normas legales” (STC Rol N° 3570, c. 1°).

TERCERO

Según la parte requirente, con la aplicación de los preceptos, se infringen, entre otros, los numerales 2 y 3 del artículo 19. Lo anterior, en los términos y en el contexto que han sido expuestos en la parte expositiva de la presente sentencia.

  1. ESTE TRIBUNAL YA HA CONOCIDO DE IMPUGNACIONES SEMEJANTES

CUARTO

No es esta la primera vez en que se impugna la disposición contenida en el artículo 4°, inciso primero, de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

En efecto, este Tribunal ha dictado varias sentencias en torno a la disposición señalada. Por una parte, se dictaron las STC Roles N° 1968 (15.05.2012), 2133 (04.07.2013), 2722 (15.10.2015). En aquellas, se rechazaron los requerimientos, en votación dividida.

Posteriormente, se dictaron, entre otras las STC Roles N° 3570 y 3702 (ambas de 28.11.2018) y las STC Rol N° 5695 (06.08.2019), 7529 (30.12.2019), 7516 (28.01.2020) y 7626 (12.03.2020), en que se acogieron los requerimientos impetrados.

La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente.

  1. Los artículos 4º, inciso primero, segunda oración, de la Ley Nº 19.886 y 294 bis del Código del Trabajo, serán declarados inaplicables

Dos cuestiones previas

QUINTO

En esta causa, como en otras sobre los preceptos ahora impugnados, se ha cuestionado la incidencia decisiva que tendrían.

Estimamos, por las razones que se apuntarán a continuación, que las disposiciones impugnadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
23 temas prácticos
  • Sentencia nº Rol 11782-21 de Tribunal Constitucional, 12 de Enero de 2022
    • Chile
    • 12 Enero 2022
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. El artículo 4º, inciso pr......
  • Sentencia nº Rol 9412-20 de Tribunal Constitucional, 21 de Enero de 2021
    • Chile
    • 21 Enero 2021
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047 y la más reciente, 8930 La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. EL Artícu......
  • Sentencia nº Rol 10186-21 de Tribunal Constitucional, 10 de Agosto de 2021
    • Chile
    • 10 Agosto 2021
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930, 9008, 9179, 9412, 10018 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. ......
  • Sentencia nº Rol 10065-21 de Tribunal Constitucional, 24 de Agosto de 2021
    • Chile
    • 24 Agosto 2021
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930, 9008, 9179, 9412, 10018 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
23 sentencias
  • Sentencia nº Rol 12003-21 de Tribunal Constitucional, 11 de Enero de 2022
    • Chile
    • 11 Enero 2022
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. el artículo 4º, inciso pr......
  • Sentencia nº Rol 10018-20 de Tribunal Constitucional, 8 de Junio de 2021
    • Chile
    • 8 Junio 2021
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930 y la más reciente, 9412 La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. El ......
  • Sentencia nº Rol 11272-21 de Tribunal Constitucional, 11 de Enero de 2022
    • Chile
    • 11 Enero 2022
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. el artículo 4º, inciso pr......
  • Sentencia nº Rol 11300-21 de Tribunal Constitucional, 3 de Marzo de 2022
    • Chile
    • 3 Marzo 2022
    ...entre otras las STC Roles N° 3570, 3702, 5695, 7529, 7516, 7626, 7785, 7635, 7777, 8002, 7778, 7584, 7753, 8294, 8624, 8559, 8620, 8703, 8820, 8803, 8760, 9007, 9047, 8930 y La línea argumental de estas últimas sentencias se seguirá, abreviadamente, en la presente. el artículo 4º, inciso pr......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR