Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Primero, 16 de Mayo de 2014
Emisor | Tribunal R. Metropolitana. Primero (Chile) |
Ric | 14-9-0000475-4 |
Fecha | 16 Mayo 2014 |
Ruc | GS-15-00068-2014 |
"SERVICIO DE INPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO con E.L.L. TORRES"
RIT: GS-15-00068-2014
RUC N°: 14-9-0000475-2
LAPM/psm
Santiago, DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.
VISTOS:
Que, a fojas N° 1 y siguientes consta el Acta de Denuncia de fecha 14 de marzo de 2014, realizada por la XIII Dirección Regional Santiago Centro del Servicio Impuestos Internos (en adelante, "Denunciante" o El Servicio"), en contra de doña E.L.L. TORRES, R.N.° 4.463.438- 4, (en adelante
"Denunciada"), con giro en Industria procesadora de materiales y limpieza de edificios, con domicilio en calle S.N.° 2795, de la comuna de R. y ciudad de Santiago, por haber efectuado declaraciones de Impuesto a la Renta que resultaron ser maliciosamente incompletas o falsas e inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que correspondía, conducta que tuvo lugar durante los años tributarios 2012 y 2013; Y también considerando que en su calidad de contribuyente de IVA la ahora denunciada aumentó indebidamente los créditos que tenía derecho a hacer valer, en relación con las cantidades que debía pagar, lo que tuvo lugar en sus declaraciones mensuales (F 29) atingentes a los períodos tributarios correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011 y; enero, febrero, mayo, junio, julio y agosto de 2012.
I .CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN.
-
Descripción.-
El acta señala que la contribuyente E.L.L.T., R.N.° 4.463.438-4, ya individualizada, disminuyó la carga impositiva que por ley se encontraba obligado a enterar en arcas fiscales, valiéndose para ello de la incorporación en su contabilidad y posterior incorporación en sus declaraciones mensuales y anuales de impuestos de facturas que resultaron ser falsas y/o carecer del respectivo respaldo documentario. De lo anterior tuvo lugar durante los períodos 1
[VER TABLA EN PDF ADJUNTO]
tributarios correspondientes a los meses de meses de octubre, noviembre y diciembre de 2011 y; enero, febrero, mayo, junio, julio y agosto de 2012 en lo relativo al Impuesto al Valor Agregado, en tanto que para el Impuesto a la Renta, se materializó durante los años tributarios 2012 y 2013, según se detalla a continuación.-
-
- Hechos.-
2.1- Indica el acta que a través del memorando N° 371 de 14.08.2012, el Departamento Regional de Fiscalización de Personas y Micro Pequeñas Empresas, remitió al Comité de Recopilación de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del SII, antecedentes relativos a la contribuyente E.L.T., R.N.° 4.463.438- 4, consistentes en el registro en su libro de compras y ventas atingente al mes de octubre del año 2011, de la factura N° 239.708 supuestamente emitida por el proveedor EECOL INDUSTRIAL ELECTRIC SUDAMERICA LIMITADA, R.N.° 78.928.030-4, documento que resultó ser falso, al constatarse que verdaderamente fue emitido al contribuyente SQM INDUSTRIALS.A., RUT N° 79.947.100-0, con fecha 17.05.2011, según se detallará más adelante.-
2.2.- Continúa señalando que dada la situación descrita en el número anterior y el mérito de los antecedentes, el Comité de Recopilación dispuso la realización de una auditoría contable y tributaria de la contribuyente informada.-
2.3.- Agrega que, cumpliendo con el requerimiento señalado en el número precedente, se concurrió al domicilio indicado en el Sistema de Información Integral del Contribuyente, en calle S.N.° 2795, de la comuna de Recoleta, notificándose por cédula en la persona de M.C.L., R.N.° 7.513.581-5, conforme al artículo único de la Ley 18.320, para proceder a la fiscalización del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a los períodos Noviembre de 2009 a Octubre de 2012 e Impuesto a la Renta atingente a los años tributarios 2010, 2011 y 2012, según da cuenta la notificación formulario 3301, N° 77-6, folio 186610, requiriendo la presentación de la siguiente documentación:
2.3.1.- Libros: Caja, Diario, M., Inventario y Balance, Remuneraciones, Retenciones, FUT, Control de Existencias y todos los registros que utilice su sistema contable y el respectivo Plan de Cuentas.-
2.3.2.- Libro de Compras y Ventas.-
2.3.3.- Copias de facturas de venta, guías de despacho, notas de débito y de crédito emitidas.-
2.3.4.- Facturas de Proveedores, facturas de compras, guías de despacho, notas de débito y de crédito recibidas (Ejemplares: original y triplicado control tributario)
2.3.5.- Declaraciones Mensuales de IVA. 2
[VER TABLA EN PDF ADJUNTO]
2.3.6.- Declaraciones anuales de Impuesto a la Renta.
2.4.- La contribuyente dio cumplimiento parcial al requerimiento, acompañando los siguientes antecedentes:
2.4.1.- Libro de Compras de enero a diciembre de 2011 y Abril a Octubre de 2012.-
2.4.2.- Libro de Ventas de Febrero de 2012 a Octubre de 2012.-
2.4.3.- Un libro de contabilidad americana con registros desde el año 1997 al año 2010.-
2.4.4.- Libros Diario, M. y Balance del año 2011.-
2.4.5.- Facturas de proveedores y de venta de Noviembre de 2009 a Octubre de 2011.-
2.5.- Finalmente indica que, reunidos los documentos señalados en el número precedente, los referidos en el N° 2.1.- Y la información existente en las bases de datos del Servicio de Impuestos Internos, se procedió a revisar el correcto cumplimiento tributario relativo a los períodos notificados, actividad de la cual se pudo concluir que la contribuyente informada perpetró las siguientes maniobras destinadas a disminuir la carga tributaria que por ley debía soportar:
2.5.1.- INCLUSIÓN EN SU CONTABILIDAD DE CRÉDITO FISCAL IVA AMPARADO EN FACTURAS FALSAS.-
[VER TABLA EN PDF ADJUNTO]3
N° Factura Fecha Período Utilización CF
Neto IVA
Total Folio F-29 Utilización CF
Fecha timbraje
Libro de Compras Folio Libro de Compras 10.132
22-06-2012
06/ 2012
1.259.650
239.333
1.498.983
5322075236
17-12-2012
136
10.147
28-06-2012
06/ 2012
1.379.500
262.105
1.641.605
5322075236
17-12-2012
136
10.266
19-05-2012
05/ 2012
3.378.000
641.820
4.019.820
5309849596
17-12-2012
132
10.281
25-05-2012
05/ 2012
2.069.550
393.215
2.462.765
5309849596
17-12-2012
132
10.735
09-07-2012
07/ 2012
2.700.000
513.000
3.213.000
5340158116
17-12-2012
138
10.741
17-07-2012
07/ 2012
3.759.200
714.248
4.473.448
5340158116
17-12-2012
138
10.754
23-07-2012
07/ 2012
2.962.710
562.915
3.525.625
5340158116
17-12-2012
138
10.772
30-07-2012
07/ 2012
1.104.400
209.836
1.314.236
5340158116
17-12-2012
138
10.818
09-08-2012
08/ 2012
3.065.100
582.369
3.647.469
5355498736
17-12-2012
140
10.849
23-08-2012
08/ 2012
2.067.560
392.836
2.460.396
5355498736
17-12-2012
140
10.823
12-08-2012
08/ 2012
2.207.520
419.429
2.626.949
5355498736
17-12-2012
140
10.837
17-08-2012
08/ 2012
1.387.930
263.707
1.651.637
5355498736
17-12-2012
140
Total 27.341.120
5.194.813
32.535.932
El acta continúa señalando que se pudo constatar que todas estas facturas tienen el carácter de falsas, pues una vez realizado el cruce de información con el respectivo proveedor, se constató que los documentos fueron emitidos y contabilizados a nombre de otros contribuyentes, en fechas y por montos distintos, según se explica en el siguiente detalle:
N° Factura RUT CLIENTE
Fecha Período Neto IVA
Total 10.132
76.029.619-8
30-03-2011
03/ 2011
24.000
4.560
28.560
10.147
77.060.710-8
07-04-2011
04/ 2011
7.600
1.444
9.044
10.266
76.057.889
15-07-2011
07/ 2011
5.753.920
1.093.245
6.847.165
10.281
9.402.767-5
26-07-2011
07/ 2011
32.000
6.080
38.080
10.735
52.003685-1
31-05-2012
05/ 2012
50.400
9.576
59.976
10.741
5.167.192-9
04-06-2012
06/ 2012
522.689
99.311
622.000
10.754
76.015.141-6
31-07-2012
07/ 2012
31.500
5.985
37.485
10.772
9.869.030-1
07-08-2012
08/ 2012
19.666
3.794
23.760
10.818
78.267.160-K
03-10-2012
10/ 2012
1.000.000
190.000
1.190.000
10.849
NULA
-
-
10.823
79.722.740-4
04-10-2012
10/ 2012
104.000
19.760
123.760
10.837
76.115.784-1
10-10-2012
10/ 2012
158.000
30.020
188.020
Total 7.703.775
1.463.775
9.167.850
[VER TABLA EN PDF ADJUNTO]4
Agrega que, es dable consignar además, en relación con las facturas verdaderamente emitidas por el contribuyente E.V.S., que pudo constatarse su adecuado registro en los libros de ventas y la debida y correcta verificación de los pagos de IVA, de donde se concluye que se trata de operaciones efectivamente realizadas.
Continúa señalando que el carácter falso de las facturas registradas y declaradas por la contribuyente E.L.T., pudo colegirse además de los siguientes antecedentes:
Las facturas folios 10266 y 10281, presentadas por la contribuyente auditada, registran como datos de imprenta los siguientes: "J.V.S. -R. 13.247.855-4 - Maule 1020 - F: 5443133", en tanto que las Facturas de igual folio presentadas por el proveedor indican como datos de imprenta los siguientes:
"H.E.P.A. -R. 7.546.430-4 - Los Aromos 0628 - Puente Alto - Cel. 09-0404489". Cabe señalar también, que estos datos están impresos en una ubicación distinta a la que se observa en la factura presentada por el proveedor.
Además, con fecha 09.07.2013 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 60 del Código Tributario, indica que el Servicio de Impuestos Internos tomó declaración jurada al proveedor, la cual rola de fojas 98 a 100 del Cuaderno de Antecedentes, oportunidad en la que señaló no conocer a la contribuyente auditada, que nunca fue cliente suya y que la totalidad de las facturas que ella posee no corresponden a aquellas emitidas por él. Agrega que, debe considerarse asimismo que este proveedor registra...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba