Resolución de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, 8 de Julio de 2015 (caso Consulta de Servicios Equifax Chile Ltda. sobre servicios de información Exchange) - Jurisprudencia - VLEX 577724626

Resolución de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, 8 de Julio de 2015 (caso Consulta de Servicios Equifax Chile Ltda. sobre servicios de información Exchange)

Fecha08 Julio 2015
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)

RESOLUCIÓN N° 47/2015.

Santiago, ocho de julio de dos mil quince.

PROCEDIMIENTO: No Contencioso.

ROL: NC N° 429-15

CONSULTANTE: Servicios Equifax Chile Limitada ("Equifax" o la

"Consultante").

OBJETO: Que este Tribunal se pronuncie acerca de si considera ajustada o no a la libre competencia la iniciativa comercial denominada "Exchange", consistente en ofrecer a empresas de retail informes comerciales que incluyan información crediticia positiva.

CONTENIDO:

I) PARTE EXPOSITIVA

A. INTERVINIENTES

B. PROYECTO CONSULTADO, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LA CONSULTANTE

C. ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LOS INTERVINIENTES

D. AUDIENCIA PÚBLICA

II) PARTE CONSIDERATIVA

E. OBJETO DE LA CONSULTA

F. ASPECTOS QUE ABORDARÁ LA PRESENTE RESOLUCIÓN

G. LA INDUSTRIA DE LA INFORMACIÓN CREDITICIA

H. POSIBLES EFICIENCIAS DEL PROYECTO PRESENTADO POR LA CONSULTANTE

  1. POSIBLES RIESGOS PARA LA LIBRE COMPETENCIA DERIVADOS DEL PROYECTO PRESENTADO POR LA CONSULTANTE

    III) PARTE RESOLUTIVA

    I) PARTE EXPOSITIVA

    A. INTERVINIENTES

    1. Consultante:

      1. Servicios Equifax Chile Limitada.

    2. Entidades que han aportado antecedentes y formulado observaciones en este expediente:

      1. Cámara de Comercio de Santiago A.G.;

      2. Banco Central de Chile ("Banco Central");

      3. Fiscalía Nacional Económica ("Fiscalía" o "FNE");

      4. Servicios Integrados de Información S.A. ("SIISA");

      5. Tricot S.A. ("Tricot");

      6. Servicio Nacional del Consumidor ("Sernac");

      7. Ministerio de Hacienda; y,

      8. Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras ("SBIF").

      B. PROYECTO CONSULTADO, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LA CONSULTANTE

    3. A fojas 5, con fecha 29 de enero de 2015, Equifax somete a consulta ante este Tribunal un nuevo servicio en la elaboración de informes comerciales, denominado "Exchange". Equifax señala que el Exchange consistirá en ofrecer a empresas del retail informes comerciales de personas naturales que incluyan información crediticia positiva, complementando la información crediticia negativa actualmente disponible en el mercado. Precisa que la información comercial positiva da cuenta del estado actual de deuda y la real capacidad de pago de un deudor, incluyendo datos relativos a líneas de crédito disponibles, cuotas por pagar, total de deuda vigente, fechas de vencimiento y comportamiento de pago; la información comercial negativa, en cambio, se limitaría a incumplimientos y otros eventos adversos, como las cuotas morosas y los saldos impagos. A juicio de Equifax, las empresas del retail no tendrían acceso a información comercial positiva relativa a los créditos que sus clientes actuales y potenciales han contraído con otras empresas del retail o con el sistema financiero en general. Contar con dicha información beneficiaría tanto a los consumidores como a los acreedores,

      pues permitiría otorgar créditos de manera más informada, especialmente en lo que respecta a la real capacidad de pago del deudor. Añade que, de esa forma, se premiaría a los consumidores con buen comportamiento crediticio que se han recuperado de una situación de morosidad pasada.

    4. En su consulta Equifax expone que la recolección y utilización de información positiva de los consumidores correspondería a un servicio provisto desde hace años en el resto del mundo, incluyendo países de América, Europa, Asia y Oceanía. También indica que el Banco Mundial habría destacado expresamente la necesidad de incorporar esa clase de información en los registros crediticios. Según Equifax, la evidencia empírica demostraría que el uso de información positiva genera beneficios reales y comprobables para los consumidores y el mercado en general, destacando, dentro de ellos, una reducción de los incumplimientos comerciales producida por una asignación de créditos más eficiente e informada y un acceso al crédito mayor, más equitativo y más justo. En ese sentido, la experiencia internacional revelaría que la información comercial negativa no proporcionaría suficientes herramientas para corregir la asimetría de información que existiría entre proveedores de créditos y potenciales prestatarios, incidiendo en una mayor selección de malos prestatarios y en un mayor descarte de buenos prestatarios.

    5. En el servicio propuesto Equifax cumplirá los roles de acopiar, administrar, procesar, analizar e interpretar los datos provenientes de las empresas de retail participantes, para luego elaborar un informe comercial que contenga tanto información comercial positiva como negativa. La información positiva recabada consistirá principalmente en líneas de crédito disponibles, cuotas por pagar, total de deuda, fechas de vencimiento y comportamiento de pago. A partir de dicha información se elaborarán una serie de indicadores, tales como leverage (razón entre deuda total y renta), carga financiera (razón entre renta y la suma de obligaciones mensuales), renta estimada, índice socioeconómico estimado, estructura de cuotas, estructura de deudas y comportamiento histórico de pagos.

    6. Equifax señala que ofrecerá el Exchange a las empresas del retail, sin perjuicio de que pueda extenderse a operadores de otras industrias en el futuro. Sostiene que el servicio será ofrecido bajo condiciones generales, uniformes, objetivas y no discriminatorias. A fin de evitar intercambios de información entre retailers, Equifax suscribirá contratos individuales con cada empresa que decida integrarse al Exchange y la información comercial será consolidada y se entregará a las empresas asociadas en forma agregada, de modo que ellas no puedan conocer con qué empresa ha contraído obligaciones cada deudor. En lo que respecta a la ejecución del servicio,

      Equifax utilizará el canal B. (sFTP) para la carga de la información financiera, mientras que la consulta de datos se proveerá en línea, mediante acceso a través de Internet o host to host. En lo que respecta al precio del servicio, Equifax advierte que éste aún no se encuentra definido, pero incluirá un componente fijo y otro variable y se sujetará a términos y condiciones objetivas, uniformes, generales y no discriminatorias. Asimismo, en el evento de contemplarse la oferta de descuentos o beneficios, éstos se fundarán en circunstancias generales, uniformes y objetivas o basadas en condiciones justificables en razón de sus costos y aplicables a todo aquel que se encuentre en las mismas condiciones.

    7. En lo que respecta a la protección de datos personales y la privacidad de los consumidores, Equifax expresa que aplicará al Exchange los estándares éticos y normativos con que opera actualmente. La información positiva sólo se recabará en la medida que se cuente con el consentimiento expreso del titular de los datos personales, el que se entregará por vía biométrica (huella dactilar) o mediante otras herramientas de verificación de identidad desarrolladas por Equifax. Adicionalmente indica que toda persona podrá adquirir su propio informe comercial y solicitar, cada cuatro meses y de forma gratuita, un certificado de consultas de protesto y morosidades.

    8. A juicio de Equifax, para efectos de absolver su consulta debe considerarse como mercado relevante el de los servicios de procesamiento y evaluación de información crediticia de personas en el territorio nacional. Sostiene que la industria de información crediticia presenta una estructura vertical, en la que participan numerosos actores de diversas características: (i) generadores de información crediticia, dentro de los que se distinguen particulares y órganos del Estado; (ii) acopiadores de información crediticia, que acumulan la información aportada por los generadores y crean bases de datos; y, (iii) burós de crédito, que gestionan y analizan las bases de datos acopiadas para crear informes con indicadores y estadísticas que interpretan y evalúan la capacidad de pago de las personas. Equifax hace presente que los burós de crédito compiten en el procesamiento y la evaluación comercial, pero que focalizan su oferta en productos y servicios diversos.

    9. Según Equifax, el mercado relevante presentaría tres características que harían que la implementación del E. no presente riesgos para la libre competencia. En primer término, el mercado carecería de barreras a la entrada, pues no existirían barreras legales, costos hundidos o acuerdos de exclusividad que impidan a competidores de Equifax contratar con las empresas que aportarían datos al Exchange. En segundo lugar, señala que los efectos de redes o externalidades de

      redes le exigirían ofrecer precios bajos y condiciones comerciales beneficiosas para sus clientes. El valor del servicio E. dependería de que se integre a él la mayor cantidad de empresas posible, de modo que un eventual cobro de precios altos incidiría en un menor número de aportantes de datos y, consecuencialmente, reduciría los incentivos de los demás aportantes para permanecer en la red. Finalmente, Equifax indica que la operación que somete a conocimiento de este Tribunal no está exenta de dificultades y obstáculos, relativas a los bajos incentivos a participar de las grandes empresas y a la desconfianza de los retailers tanto acerca de si los demás participantes entregarán la totalidad de la información requerida en forma oportuna, como sobre la manera en que Equifax resguardará la información recopilada. De lo anterior se desprendería que si bien las empresas podrían beneficiarse de la disponibilidad de informes que incluyan datos positivos, existiría una resistencia a compartir dicha información que amenazaría el éxito del negocio.

    10. Equifax expresa que la industria de los créditos de consumo se encuentra vinculada a la operación consultada, pues los potenciales clientes del Exchange son empresas del retail. Indica que si bien no ha suscrito contratos con clientes, existirían contactos con A., Hites, Corona, La Polar y Tricot. Equifax sostiene que se trata de actores cuya participación de mercado sería muy baja considerando la oferta de los emisores no bancarios de tarjetas de crédito, de modo...

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