Informe Nº 10_2014 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 704352053

Informe Nº 10_2014 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Número de expedienteNC 415-13
Fecha10 Enero 2014
Número de informe10_2014
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
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INFORME Nº 10/ 2014.
SANTIAGO, diez de enero de dos mil catorce.
PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO
ROL NC Nº 415-13
SOLICITANTE: EMPRESA PORTUARIA IQUIQUE.
OBJETO: RESPECTO DE LAS CONDICIONES PARA
LA LICITACIÓN PÚBLICA DEL FRENTE DE
ATRAQUE N° 1 O MOLO DEL PUERTO DE
IQUIQUE, ASÍ COMO EL DESARROLLO Y
OPERACIÓN DE UN FUTURO TERCER
FRENTE DE ATRAQUE EN DICHO PUERTO.
CONTENIDO
I) PARTE EXPOSITIVA
1. INTERVINIENTES
2. OBJETO DE LA SOLICITUD, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS
PRESENTADOS POR LA SOLICITANTE
3. ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LOS
INTERVINIENTES
II) PARTE CONSIDERATIVA
4. PROCEDENCIA LEGAL DEL INFORME
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5. OBJETO, ALCANCE Y ESTRUCTURA DEL INFORME
6. MERCADO RELEVANTE
7. CONDICIONES DE COMPETENCIA EN EL MERCADO RELEVANTE
8. RESGUARDOS DE LA COMPETENCIA EN LA LICITACIÓN
9. RESGUARDOS DE LA COMPETENCIA EN LA PROVISIÓN DE
SERVICIOS PORTUARIOS
10. RESGUARDOS ESTRUCTURALES
III) CONCLUSIONES DEL TRIBUNAL
I) PARTE EXPOSITIVA
1. INTERVINIENTES.
1.1. S.:
Empresa Portuaria Iquique, en adelante también e indistintamente, “EPI” o la
“S.”.
1.2. Entidades que han aportado antecedentes y formulado
observaciones en este expediente respecto de la solicitud de informe
de autos:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 número 1) del Decreto Ley Nº
211, y dentro del plazo establecido en la resolución de fojas 230, aportaron
antecedentes y expresaron su opinión, en relación con la solicitud de informe de
autos, las siguientes entidades y personas:
- Empresa Portuaria Arica (“EPA”)
- Complejo Portuario M. S.A.
- Sindicato de Trabajadores Empresa Portuaria Iquique
- Ilustre Municipalidad de Iquique
- Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (“MTT”)
- Puertos y Logística S.A. (“P.”)
- Asociación Usuarios Zofri A.G. (“AUZ”)
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- Iquique Terminal Internacional S.A. (“ITI”)
- Sudamericana Agencias Aéreas y M.S.. (“SAAM”)
- Agencias Universales S.A. (“A.”)
- Sistema de Empresas Públicas (“SEP”)
- Cámara Marítima y Portuaria de Chile A.G. (“Camport”)
- Fiscalía Nacional Económica (“FNE”)
2. OBJETO DE LA SOLICITUD, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS
PRESENTADOS POR LA SOLICITANTE
2.1. A fojas 229, con fecha 6 de mayo de 2013, EPI solicitó a este T.unal
que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 23 de la Ley Nº 19.542
que Moderniza el Sector Portuario E.atal (en adelante, Ley N° 19.542 o
simplemente la “Ley”), determine los términos y condiciones de competencia bajo
los cuales se debe llevar a efecto la licitación pública: (i) para la concesión
portuaria del Frente de Atraque Nº 1 o Molo del Puerto de Iquique; y, (ii) para el
desarrollo y operación de un tercer frente de atraque (en adelante, la “L.).
2.2. EPI señala que el Puerto de Iquique está compuesto por dos frentes de
atraque (que denomina terminales): el Frente de Atraque Nº 1 o Molo y el Frente
de Atraque Nº 2 o Espigón. El primero, administrado directamente por EPI bajo
un esquema multioperador, consta a su vez de dos sitios para atraque de naves
comerciales (sitios 1 y 2) y un sitio para naves pesqueras. Cuenta con 10,9
hectáreas de áreas de respaldo y es el único terminal certificado en Iquique para
la recepción de cruceros.
El segundo, tiene dos sitios para atraque de naves comerciales (sitios 3 y 4) y
13,7 hectáreas de áreas de respaldo. A contar del año 2000 se entregó en
concesión bajo un esquema monooperador a la empresa ITI -que pertenece en
un 85% a SAAM y en un 15% a Empresas Navieras S.A.- por 20 años, que
fueron extendidos a 30.
2.3. EPI indica que actualmente existe una tendencia mundial en el sentido de
que los frentes de atraques se especialicen en función de la estructura de la
demanda y que esto ha ocurrido en el Puerto de Iquique. Así, el Frente de
Atraque N° 2 ha evolucionado desde un terminal mixto de transferencia de carga
fraccionada y contenedores, a un terminal fuertemente especializado en
contenedores (actualmente el 85% del total de la carga transferida en ese frente
viene en dicha modalidad). Su participación en la transferencia de graneles ha

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