Sentencia de Tribunal de la Araucanía, 20 de Marzo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 512890338

Sentencia de Tribunal de la Araucanía, 20 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2012
EmisorTribunal de la Araucanía
RucGS-08-00064-2011
RIT11-9-0000269-8
ProcedimientoProcedimiento General Para la Aplicación de Sanciones
EstatusFallada

T., veinte de marzo de dos mil doce.VISTOS: 1.- Los antecedentes de autos, en especial el Acta de Denuncia Nº 2, de 6 de diciembre de 2011, notificada por cédula en la misma fecha a don P.J.L.R., Cédula de Identidad Nº 11.541.146-2, en su calidad de representante legal de la Sociedad REPARACIONES MECÁNICAS TRUCK DIESEL LTDA., con giro de Reparaciones Mecánicas, Compraventa de Repuestos y Vehículos, domiciliada en calle Las Quilas Nº 1515, Población Las Quilas, Temuco, por haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 974, inciso primero del Código Tributario, configurada por la disminución indebida de sus débitos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se encontraba obligado a declarar y pagar, a través de la emisión de cuatro facturas de ventas o prestación de servicios en las cuales la copia “Duplicado Vendedor“ de tales documentos consignaban un valor menor a los contenidos en los originales de las facturas entregadas a cada comprador, lo que posibilitó que el denunciado subdeclarara los débitos fiscales a los cuales se encontraba obligado, conforme las normas contenidas en el Decreto Ley N° 825 de 1974, y también disminuyera la base imponible del Impuesto a la Renta de Primera Categoría, generándose en consecuencia una menor carga impositiva tanto en el Impuesto al Valor Agregado como en el Impuesto a la Renta. 2.- La referida Acta de Denuncia agrega que las mencionadas irregularidades se detectaron a raíz de una solicitud de verificación de documentos tributarios remitida con fecha 11 de agosto de 2009 por la Unidad de Victoria a la IX Dirección Regional Temuco del Servicio de Impuestos Internos, en la cual se solicitó comprobar la correcta declaración de los débitos fiscales de las facturas N° 409 y N° 415 emitidas por la Sociedad Reparaciones Mecánicas Truck Diesel Ltda., atendido que el receptor de éstas, la Sociedad Centenario Ltda., registró estas facturas con débitos fiscales mayores a los declarados por la infraccionada. En efecto, esta última registraba la factura N° 409 con un IVA de $19.000.- y la factura N° 415 con un IVA de $10.700.-, en circunstancias que las mismas facturas fueron contabilizadas por la referida Sociedad Centenario Limitada por un IVA de $2.014.000.- y $1.007.000.-, respectivamente. 3.- Asimismo, indica el acta de denuncia que, en atención a las irregularidades detectadas, el Servicio de Impuestos Internos notificó a la contribuyente “Sociedad Reparaciones Truck Diesel Ltda.”, la cual hizo entrega de las facturas de proveedores, las facturas de venta, documentación de noviembre y diciembre

de 2008 y el Libro de Compraventas desde septiembre de 2008 a julio de 2009. En la revisión de dichos documentos, se logró acreditar tanto la subdeclaración de los montos consignados en las mencionadas facturas Nos. 409 y 415, como también que esta subdeclaración de impuestos también se llevó a cabo en las facturas Nos. 432 y 437, emitidas a la Sociedad “Servicios e Inversiones Aquaterra Araucanía Limitada” y a “Arrendamientos Maquinarias Ghisan Limitada”. En estos últimos casos, prestaron declaración jurada los respectivos representantes legales, quienes además acompañaron los triplicados de facturas “Control Tributario” y copias de las hojas del Libro de Compraventa donde se registraron las facturas por los montos verdaderos, los que son muy superiores a los registrados por la contribuyente infraccionada. 4.- Consigna también el acta de denuncia en análisis que el representante legal de la Sociedad “Reparaciones Truck Diesel Ltda.” don P.L.R. prestó declaración jurada con fecha 4 de abril de 2011, en la cual reconoce haber emitido personalmente las facturas números 409, 415, 432 y 437, y haber subdeclarado los montos de éstas, para posteriormente registrar estos montos en su libro de ventas. Además, se indica que todas las gestiones de verificación antes señaladas acreditaron que las referidas facturas N° 409, 415, 432 y 437 emitidas por la Sociedad “Reparaciones Truck Diesel Ltda.”, a través de su representante P.L.R., registran valores inferiores en sus duplicados y cuadruplicados, para ser registrados en su libro de venta y en sus declaraciones mensuales mediante el Formulario 29 de Impuesto a las Ventas y Servicios, y en el formulario 22 sobre Impuesto a la Renta. 5.- El detalle de las facturas emitidas, registradas en la contabilidad de la denunciada “Sociedad Reparaciones Mecánicas Truck Diesel Ltda.” y subdeclaradas, es el siguiente: Nombre RUT Domicilio Giro : Centenario Limitada.: 76.251.520-7.: P.N.° 661, Traiguén.: Servicios Forestales, Compraventa de Productos Agrícolas y Maderas.-

Folio Libro Factura Antec. 05 06 0409 0415

Fecha 28-11-08 31-12-08

Valor Neto $ 100.000 $ 53.000

IVA $ 19.000 $ 10.070 Fs.

  1. 14 17 de

    Nombre RUT Domicilio Giro

    : Arrendamientos Maquinarias Ghisan Limitada.: 76.059.660-4.: Blanco 838, Temuco.: Arriendo de Maquinaria.-

    Folio Libro Factura Antec. 08 0432

    Fecha 16-02-09

    Valor Neto $ 25.000

    IVA $ 4.500 Fs.

  2. 54 de

    Nombre RUT Domicilio Giro

    : Servicios e Inversiones Aquaterra Araucanía Limitada.: 76.334.420-7.: España N° 446, Of. 202, Temuco.: Prestación servicios acuícolas, transportes y disp. residuos industriales

    Folio Libro Factura Antec. 08 0437

    Fecha 24-02-09

    Valor Neto $ 15.900

    IVA $ 2.862 Fs.

  3. 54 de

    6.- A objeto de fundar su denuncia, el Servicio de Impuestos Internos ha acompañado una carpeta de documentos en 46 fojas, que contiene los antecedentes que respaldan la subdeclaración de los documentos tributarios emitidos y registrados por la Sociedad denunciada, además de un libro de compraventas autorizado por el Servicio de Impuestos Internos el 19 de febrero de 2009, que contiene anotaciones de septiembre de 2008 a julio de 2009, en los cuales constaría el registro de las facturas impugnadas por el ente fiscalizador. A fojas 10, rola formulario de notificación N° 314/3, de 6 de diciembre de 2011, del cual consta la notificación del acta de denuncia reclamada al representante legal de la Sociedad Reparaciones Mecánicas Truck Diesel Ltda. A fs. 11, rola resolución que tiene por recibida el acta de denuncia N° 2, de 6 de diciembre de 2011.A fs. 13, don P.J.L.R., cédula de identidad N° 5.765.529-1, domiciliado en calle Las Quilas N° 1555, Temuco, en su calidad de representante legal de la “Sociedad Reparaciones Mecánicas Truck Diesel

    Ltda.”, R.N. 77.961.090-K, del mismo domicilio...

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