Oficio nº 039639 de 18 de Agosto de 2005, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480540770

Oficio nº 039639 de 18 de Agosto de 2005, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

Una trabajadora recurrió a esta Superintendencia, reclamando contra esa Comisión, por el rechazo de su licencia médica N°1-14327432, extendida el 1 de abril de 2005, por 20 días, a contar del día 2 del mismo mes, con el diagnóstico "celulitis extremidad inferior derecha".


Hace mención, además, a una licencia médica anterior, por el mismo diagnóstico, cuyo número no indica, la que no habría sido cancelada.


Consultada al respecto, esa Comisión informó que, en efecto, rechazó la licencia médica N°1-14327432 "por no traer antecedentes solicitados", fundamento concordante con aquél expresado en la resolución, de esa misma entidad, que la recurrente acompaña.


Adjunta, el listado maestro de licencias médicas, donde consta la autorización de una licencia médica anterior (N°1-14327244) extendida por 10 días, a contar del 23 de marzo de 2005.


En lo referente a esta última licencia, el Departamento de Subsidios de la Caja de Compensación en cuestión, en conversación telefónica informó estar en conocimiento de su autorización, cuyo pago se encuentra pendiente a la espera del contrato de trabajo solicitado a la interesada a fin de determinar si se encuentra en la situación prevista en el inciso 2° del artículo 4° del D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.


Sobre el particular, cabe hacer presente que, las causales de rechazo de una licencia médica se encuentran taxativamente enumeradas en el Título VII "De las Sanciones", artículos 53 y siguientes, del D.S. N°3, citado en las fuentes, las que, por su...

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