Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 10 de Junio de 2014
Emisor | Tribunal de Valparaiso (Chile) |
Ric | 13-9-0000785-4 |
Fecha | 10 Junio 2014 |
Ruc | AB-14-00113-2013 |
ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD
RUT 70.360.100-6
Valparaíso, diez de junio de dos mil catorce VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don MARIO SILVA POBLETE, R.N. 9.894.283-1, abogado, en representación de ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD, R.N. 70.360.100-6, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N°40, piso 20, de la comuna de Las Condes, R.M., quien interpuso Reclamo de Avalúo en conformidad a los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, en contra de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, respecto del inmueble Rol N° 00044-00005, en virtud de las siguientes consideraciones:
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Señala que reclama del avalúo asignado al inmueble de propiedad de su representada, Rol N° 00044-00005, fundado en las causales números 1 y 2 del artículo 149 del Código Tributario.
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Señala que el Servicio de Impuestos Internos ha informado que a partir del año 2013, la propiedad reclamada, con destino salud, se encuentra avaluada en $436.846.211, el que se descompone en $132.394.470 correspondientes al terreno y $304.451.741 a las construcciones.
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Desarrollando su reclamo, la parte reclamante señala que la Línea de Construcción N°3, que actualmente está clasificada con la letra A, es decir, de material predominantemente de acero, no corresponde a la realidad fáctica del inmueble, ya que dicha sección de la construcción es de perfiles metálicos, correspondiendo en consecuencia asignarle la clase G, por lo que atendido el factor de depreciación y localización comunal, hace que el valor de dicha Línea de Construcción N°3 sea de
$34.542.924.
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En consecuencia, alega que el nuevo avalúo de las Construcciones debe ser de $294.390.068, correspondiendo un avalúo total del inmueble de
$426.784.538.
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Conforme lo anterior solicita tener por interpuesto el reclamo, acogerlo y declarar que la tasación fiscal debe ser $426.784.538, con costas.
A fojas 38 y siguientes comparece doña ÉRICA MORALES LÁRTIGA, Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, Rol Único Tributario número 06.917.345-4, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, ambos domiciliados en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, solicitando el rechazo del reclamo en atención a las siguientes Documento firmado electrónicamente por don/ña F.J.O.R., el 10-06-2014.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 2681e84b-79b2-4d6f-ac30-ee78b80bdb03
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Timbre Electrónico [VER TABLA EN PDF ADJUNTO]
consideraciones:
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Señala que el nuevo avalúo que le correspondió al inmueble de autos se encuentra ajustado a derecho y se determinó conforme la Ley N° 17.235, Ley N° 20.650 y las respectivas Instrucciones Técnicas y Administrativas que ordena el artículo 4° de la citada Ley sobre Impuesto Territorial contenidas en la Resolución Exenta N° 132 de 31 de diciembre del año 2012.
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Respecto de la clasificación de la Línea de Construcción N°3, indica que conforme la Resolución N° 132 de 2012, la Clase Constructiva "Acero (A)"
corresponde a Tubos y Perfiles fabricados para construcción estructural, de acuerdo a la NCh203:2006, y estos son A240 ES, A 270 ES, A 345 ES, M 345 ES, A 250 ESP y A 345 ESP. Por su parte, "Perfiles Metálicos (G)", corresponde a perfiles livianos de acero galvanizados de hasta 1,6 mm de espesor.
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Agrega que de los antecedentes del inmueble de autos que obran en poder del Servicio de Impuestos Internos, en especial, el Plano Estructural, lámina 07, que se acompaña a la contestación, consta que el espesor de la construcción reclamada es de 3mm, no cumpliendo, por tanto, dicha estructura con los requisitos establecidos y descritos anteriormente para clasificarla en la clase de perfil metálico, a saber, un espesor máximo de 1,6 milímetros.
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Finalmente, solicita tener por contestado el reclamo interpuesto y que éste sea rechazado, con costas.
Los antecedentes del proceso:
A fojas 35, se tiene por interpuesto el reclamo.
A fojas 37, certificación de custodia N°37-2013.
A fojas 52, se tiene por contestado el reclamo.
A fojas 54, certificación de custodia N°53-2013.
A fojas 55, se hace efectivo el Apercibimiento de notificación mediante Publicación en sitio en Internet del Tribunal.
A fojas 57, escrito de la reclamada revocando patrocinio y confiriendo uno nuevo, el que se provee a fojas 58.
A fojas 60, se recibe a causa de prueba.
A fojas 62, lista testigos parte reclamada, la que se provee a fojas 63.
A fojas 65 a 65 vuelta, Audiencia de Prueba Testimonial.
A fojas 66, escrito de la reclamada ratificando y acompañando documentos, el que se provee a fojas 70.
A fojas 72, Autos para fallo.
Los documentos siguientes:
A fojas 7 a 8, copia autorizada de escritura pública de mandato judicial; Documento firmado electrónicamente por don/ña F.J.O.R., el 10-06-2014.
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a fojas 9 a 11 copia Acta de sesión de directorio N° 664; a fojas 12 a 13, Detalle Catastral del bien raíz Rol N°44-005; a fojas 14, Consulta de Antecedentes de Bien Raíz Rol N° 44-005, de fecha 14 de marzo de 2013; a fojas 15, Copia Certificado de Recepción definitiva N°102 emitido por la Dirección de Obras Municipales de Valparaíso; a fojas 16 a 27, copia simple de la escritura pública de compraventa del inmueble de autos; a fojas 28 a 30, copia simple de inscripción conservatoria...
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