Resolución Nº 39/2012 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532413

Resolución Nº 39/2012 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
Número de expedienteNC 399-11
Fecha26 Abril 2012
Número de resolución39/2012
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
S., veintiséis de abril de dos mil doce.
PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO
ROL NC N° 399-11
CONSULTANTES Organización Terpel Chile S.A.
Quiñenco S.A.
OBJETO Consulta de Organización Terpel Chile relativa a la
adquisición por parte de Quiñenco S.A. de los
activos de las Sociedades Petróleos Transandinos
S.A. y Operaciones y Servicios Terpel Limitada.
I) PARTE EXPOSITIVA
1.- INTERVINIENTES:
1.1. Consultantes:
1.1.1. Organización Terpel Chile
1.1.2. Quiñenco S.A.
1.2. Entidades que han aportado antecedentes y formulado observaciones en este
expediente:
1.2.1. Asociación de Distribuidores de Combustibles ADICO A.G.
1.2.2. Empresa Nacional de Energía S.A., ENEX.
1.2.3. Empresa Nacional del Petróleo, ENAP.
1.2.4. Petróleos Transandinos S.A., PETRANS.
1.2.5. Ministerio de Energía.
1.2.6. Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC.
1.2.7. Fiscalía Nacional Económica.
1.2.8. Copec S.A.
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
2
2.- OPERACIÓN CONSULTADA, ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS
PRESENTADOS POR LA CONSULTANTE:
2.1. Con fecha 10 de noviembre de 2011, a fojas 4 y siguientes, Organización
Terpel Chile S.A. formuló una consulta ante este Tribunal, relativa a la operación
de concentración consistente en la adquisición por parte de Quiñenco S.A. de los
activos de Petróleos Transandinos S.A. y Operaciones y Servicios Terpel Limitada,
sociedades de propiedad de Organización Terpel Chile S.A., en adelante también
la “Operación Consultada” o, simplemente, la “Operación”.
2.2. Indicó que Quiñenco participa indirectamente en el mercado de los
combustibles líquidos a través de su filial ENEX S.A., que a su vez opera en el
mercado de la distribución mayorista y en el mercado de la comercialización de
combustibles, a través de las 291 estaciones de servicio que Shell Chile opera a lo
largo de todo el país, como asimismo en el negocio de distribución y
comercialización de lubricantes y otros negocios anexos o relacionados.
2.4. Expuso que, dado que Terpel no participa en la refinación e importación de
combustibles líquidos, ni cuenta con instalaciones de almacenamiento o transporte
de su propiedad, en su opinión, la operación consultada no generará efecto de
concentración.
2.5. Agregó que considera que tampoco generará efectos adversos en el mercado
de la distribución industrial, toda vez que dicho mercado no presenta barreras que
impidan la entrada de nuevos actores, y en él participa un gran número de
competidores, incluyendo a Enap. Además existen empresas con alto poder de
compra y negociación.
2.6. En opinión de la consultante el mercado industrial, sólo podrá beneficiarse de
la operación, pues permitirá a la entidad fusionada competir de manera eficaz y
eficiente con Copec.
2.7. En lo concerniente al mercado de distribución minorista, considera que no
importará efectos contrarios a la libre competencia. Afirma que se trata de un
mercado altamente competitivo, transparente, objeto de permanente fiscalización y
control, que permite entrada de competidores y desarrollo de nuevas redes de
estaciones de servicio.
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
3
2.8 A su juicio de la consultante, la operación permitirá además significativas
eficiencias, derivadas de la mayor extensión de red, tales como: (i) optimización de
la red logística de distribución, de los sistemas de almacenamiento y transporte;
(ii) el uso más eficiente de los recursos de marketing; (iii) la incorporación de
sistemas de comercialización más avanzados y con mayor tecnología; y, (iv)
alcanzar una escala mínima eficiente en el volumen demandado de producto
refinado que la habilitará para realizar importaciones de productos refinados en
forma independiente.
2.9. Estimó la consultante que la operación es una oportunidad única para
incrementar el nivel de competencia en varios mercados relacionados con los
combustibles líquidos, y crear una empresa con mayor capacidad para desafiar el
liderazgo de Copec.
2.10. A continuación efect una breve reseña sobre la historia de Terpel en Chile,
describ los antecedentes de la operación consultada y, a grandes rasgos las
características de dicha operación, las partes que participan en ella y sus
personas relacionadas. Por último, describ los mercados vinculados con la
operación, todos ellos identificados por la Resolución N° 34/2011 de este Tribunal,
indicando los efectos que, en su opinión, tendría ésta en aquellos.
2.11. En cuanto al segmento de distribución industrial, concluyó la consultante que
éste presenta niveles relevantes de competencia dada la participación de
diferentes competidores y clientes con gran poder de negociación; que este
mercado presenta un líder con participación superior al 60%; que si bien la
operación supondrá una concentración, la participación de la entidad fusionada
seguirá siendo inferior a la de Copec; que dicha entidad podrá rivalizar con Copec
y desafiar su actual posición en el mercado; que la operación permitirá integrar la
red de clientes industriales y estaciones de servicio de ambas partes y por ende
ampliará sus alternativas de comercialización y adquirirá una cobertura geográfica
mayor; que permitirá incrementar desarrollo de mecanismos diseñados para
optimizar el consumo (tarjetas prepago o crédito directo); que, asimismo, al
agregarse las demandas de ambas partes será posible acceder a mejores
condiciones de suministro aguas arriba; que la operación no significará modificar
la situación actual de los clientes que seguirán teniendo gran poder de compra;
que el mercado presenta baja barreras de entrada y salida, lo que permite estimar

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR