Resolución Nº 52_2018 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 770751233

Resolución Nº 52_2018 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Fecha de la decisión30 Abril 2018
Fecha30 Abril 2018
Número de expedienteNC 438-17
Número de resolución52-2018
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
RESOLUCIÓN 52/2018.
S., treinta de abril de dos mil dieciocho.
PROCEDIMIENTO: No Contencioso.
ROL: NC N° 438-17
CONSULTANTES: Dirección General de Aeronáutica Civil
(“DGAC” o “Consultante”).
OBJETO: Que este Tribunal se pronuncie acerca de si las
bases de licitación pública para el otorgamiento en concesión referente a la
ampliación, explotación, operación y mantenimiento de la red de suministro
de combustible ubicada en el Aeródromo Carriel Sur, de la comuna de
Talcahuano, se ajustan a la normativa sobre libre competencia.
CONTENIDO:
I) PARTE EXPOSITIVA
A. INTERVINIENTES Y APORTANTES
B. HECHO, ACTO O CONVENCIÓN QUE DA ORIGEN A ESTA CONSULTA
C. ANTECEDENTES Y ARGUMENTOS PRESENTADOS POR LA
CONSULTANTE, LOS APORTANTES E INTERVINIENTES
D. AUDIENCIA PÚBLICA
E. MEDIDAS PARA MEJOR RESOLVER
II) PARTE CONSIDERATIVA
F. OBJETO DE LA CONSULTA
G. EL MERCADO RELEVANTE
H. ANÁLISIS DE LAS CLÁUSULAS DE LAS BASES DE LICITACIÓN
III) PARTE RESOLUTIVA
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
2
I) PARTE EXPOSITIVA
A. INTERVINIENTES Y APORTANTES DE ANTECEDENTES
1. Entidades que han aportado antecedentes dentro del plazo establecido en el
artículo 31 numeral 1) del D.. N°211:
a) Empresa Nacional de Energía E. S.A. (“E.”);
b) E. Distribución Limitada (“E.”);
c) Fiscalía Nacional Económica (“FNE” o “Fiscalía”); y
d) Empresa Nacional del Petróleo (“Enap”);
2. Entidades aportantes de antecedentes:
a) Coordinador de Concesiones de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas
(“MOP”); y
b) Air BP Copec S.A. (“Air BP Copec”)
B. HECHO, ACTO O CONVENCIÓN QUE DA ORIGEN A ESTA CONSULTA
1. Según consta a fojas 39, el 1º de agosto de 2017, de conformidad con la
recomendación contenida en la Resolución N°6/2005, de este Tribunal, la DGAC
formuló una consulta solicitando que este Tribunal se pronunciara acerca de si las
bases de licitación pública para el otorgamiento en concesión de la ampliación,
explotación, operación y mantenimiento de la red de suministro de combustible
ubicada en el Aeródromo Carriel Sur (“Aeródromo”), de la comuna de Talcahuano,
en adelante “Bases de Licitación” o “Bases”, se ajustan a la normativa sobre libre
competencia.
2. Las Bases de Licitación establecen, en síntesis, lo siguiente:
2.1. Indican que la adjudicataria deberá prestar el servicio de abastecimiento de
combustible y lubricante de aviación en la superficie y en las instalaciones
entregadas en concesión. En particular, las Bases disponen que el concesionario
deberá proveer, a lo menos, kerosene de aviación JET A-1 (“JET A-1”) y
combustible AV-GAS 100 LL para aeronaves menores (“AVGAS”), en adelante,
conjuntamente, los “Combustibles de Aviación”.
2.2. Precisan que las obras de la concesión consisten en (i) la ampliación de la
red hidrante del Aeródromo para almacenar y transportar JET A-1 para los puestos
de estacionamiento N°6 y N°7, ubicados en la plataforma P. y la habilitación de
un pit en cada puesto de estacionamiento; y (ii) la implementación de un sistema de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR