Sentencia Nº 143/2015 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
Número de sentencia | 143/2015 |
Fecha | 17 Marzo 2015 |
Número de expediente | C 260-13 |
Emisor | Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile) |
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
SENTENCIA N° 143/2015.
S., diecisiete de marzo de dos mil quince.
VISTOS:
1. A fojas 371, con fecha 26 de agosto de 2013, A. Revisiones Ténicas de
Chile S.A. (“A.”) dedujo demanda en contra del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones (“el Ministerio” o el “MTT” indistintamente) por supuestas
infracciones a las normas de defensa de la libre competencia consistentes en que
este último, a sabiendas de la existencia de vicios producidos en el proceso de
licitación para otorgar concesiones para operar establecimientos que practiquen
revisiones técnicas de vehículos (la “Licitación”) y sobrepasando normas expresas
de las bases de licitación que regulaban tal licitación, igualmente habría
preadjudicado las concesiones a propuestas provenientes de “empresas
relacionadas que son controladas por grupos empresariales, los cuales
concurrieron a las ofertas a través de sociedades que estaban inhabilitadas para
participar en la licitación actuando de forma concertada y deliberadamente
encubierta, para posesionarse de una parte significativa del mercado relevante de
la VI Región del país”. A. justifica su demanda en los siguientes
antecedentes:
1.1. En su demanda, el actor expone en primer término que su interés y
legitimación para demandar en el presente caso, derivaría de su larga trayectoria
como operador plantas de revisiones técnicas. Hace presente que actualmente
sería concesionario de 5 plantas en la Región Metropolitana y 2 en la IX Región de
la Araucanía. Además, a la fecha de la demanda, habría estado participando en la
licitación que otorgaría 4 concesiones para operar plantas de revisiones técnicas
en la Región del Libertador General B. O´H..
1.2. Expone que en los procesos de licitación intervendrían diversos órganos.
En primer lugar, el MTT quien, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 18.696,
estaría facultado para fijar el número, la forma y los plazos de las concesiones a
través del procedimiento de licitación pública; la Contraloría General de la
República, quien estaría encargada de supervigilar la legalidad del procedimiento;
y, finalmente, este Tribunal quien tendría competencia para intervenir cuando los
términos y condiciones de la licitación tiendan a impedir, restringir o entorpecer la
libre competencia.
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